Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA J, 30 de Diciembre de 2015, expediente CIV 005075/1997

Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2015
EmisorSALA J

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J 5.075/97 “CONS.LAGUNA 728/30 C/ IGLESIAS, JUAN BASILIO S/

CUMPLIMIENTO DE REGLAMENTO DE COPROPIEDAD”

JUZGADO N° 65. R: 625.244 Buenos Aires, diciembre de 2015.-

AUTOS Y VISTOS:

Para conocer la regulación de honorarios de fs.762 que fue recurrida por baja a fs.771 y por elevada a fs.780, 783.-

En atención a la proporcionalidad que debe guardar la retribución de los peritos con la de los profesionales del derecho que actúan en la tramitación de todo el proceso (art.478 del Cód.Procesal)

por resultar reducidos, se elevan a la suma de pesos cinco mil ($

5.000) los honorarios del contador J.B..-

Lo que así se

RESUELVE:

.-

Regístrese, comuníquese a la Dirección de...

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