Resolución Conjunta 208/2014 y Resolución General 628/2014

EmisorSecretaria de Agricultura, Ganaderia, Pesca y Alimentos
Fecha de la disposición10 de Julio de 2014



Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca

y

Comisión Nacional de Valores

COMISION NACIONAL DE VALORES

Resolución Conjunta 208/2014 y Resolución General 628/2014

Registros Contratos en Mercados.

Bs. As., 10/7/2014

VISTO el expediente Nº 1574/2014 del registro de la COMISION NACIONAL DE VALORES caratulado “PROYECTO DE RESOLUCION CONJUNTA CNV - MAGyP s/ REGISTRO CONTRATOS EN MERCADOS”, y

CONSIDERANDO:

Que resulta oportuno avanzar en la adopción de medidas que fomenten la participación en el mercado de capitales de los actores de la cadena productiva en todo el ámbito del territorio nacional.

Que en el marco del Decreto Nº 1.926 del 15 de septiembre de 1993 (en adelante “DECRETO”), resulta necesario avanzar en acciones que en conjunto aporten mayor transparencia, mejores condiciones para los participantes de la economía real, fortalecimiento de la defensa de los derechos del pequeño productor, industrial e inversor, difusión completa de las operaciones, y acceso a estadísticas públicas.

Que con fecha 27 de diciembre de 2012, el Poder Ejecutivo Nacional promulgó la Ley Nº 26.831 de Mercado de Capitales (en adelante “LMC”), propiciando un moderno sistema destinado a regular en forma integral todo lo referente a la oferta pública de valores negociables, así como también a la organización y funcionamiento de los mercados, agentes y demás entidades que conforman el mercado de capitales.

Que los objetivos y principios fundamentales que informan y deben guiar la interpretación de la LMC, sus disposiciones complementarias y reglamentarias son: (i) promover la participación en el mercado de capitales de los pequeños inversores, asociaciones sindicales, asociaciones y cámaras empresariales, organizaciones profesionales y de todas las instituciones de ahorro público, favoreciendo especialmente los mecanismos que fomenten el ahorro nacional y su canalización hacia el desarrollo productivo; (ii) fortalecer los mecanismos de protección y prevención de abusos contra los pequeños inversores, en el marco de la función tuitiva del derecho del consumidor; (iii) promover el acceso al mercado de capitales de las pequeñas y medianas empresas; (iv) propender a la creación de un mercado de capitales federalmente integrado, a través de mecanismos para la interconexión de los sistemas informáticos de los distintos ámbitos de negociación, con los más altos estándares de tecnología; y (v) fomentar la simplificación de la negociación para los usuarios y así lograr una mayor liquidez y competitividad a fin de obtener las condiciones más favorables al momento de concretar las operaciones.

Que asimismo, la LMC amplía el concepto de los valores negociables, para incluir a los contratos de futuros, los contratos de opciones y los contratos de derivados en general que se registren en Mercados autorizados, los cheques de pago diferido, certificados de depósitos de plazo fijo admisibles, facturas de crédito, certificados de depósito y warrants, pagarés, letras de cambio y todos aquellos títulos susceptibles de negociación secundaria en Mercados.

Que conforme su propia naturaleza, cuando se trata de contratos de futuros, contratos de opciones y contratos de derivados en general sobre productos y subproductos, intervienen factores inherentes a la oferta pública por un lado, y aspectos específicos vinculados al mercado de los productos subyacentes de estos contratos por el otro.

Que la experiencia internacional demuestra que la supervisión de estos mercados debe realizarse focalizando ambos aspectos.

Que el G-20 junto con organismos internacionales como la Organización Internacional de Comisiones de Valores (siglas “OICV” en español o “IOSCO” en inglés), recomiendan fuertemente avanzar en exigir la formalización, registro y liquidación centralizada de todas las operaciones que se realicen en forma bilateral, en entidades que internacionalmente se denominan “Trade Repository”, función que en el mercado de capitales perfectamente...

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