Confecciones Pico S.R.L. S/ Quiebra

Fecha de la disposición18 de Noviembre de 2009

Eficientes SA c/Yabra Roberto I.', publicado en L.L. 31.03.99, fallo 98.544). Quedan a cargo del adquirente los gastos, sellados y honorarios que demande la escrituración, sin reclamo alguno en el proceso. Exhibición: 27 y 30 de noviembre de 2009 de 12 a 13 hs. Se presume que los aferentes tienen debido conocimiento de las constancias de autos.

Buenos Aires, a los 11 días de noviembre de 2009.

Miguel Enrique Galli, secretario.

e. 17/11/2009 Nº 104733/09 v. 23/11/2009 Nº 6

El Juzgado Nacional de Iº Instancia en lo Comercial Nº 6, Secretaría Nº 12, sito en Diagonal Roque Saenz Peña 1211, piso 2º de esta ciudad, a cargo de la Dra. Marta G Cirulli, Secretaría a cargo de la Dr. Mariano E. Casanova, comunica por 5 días en el expte. nro. 26.568 'Giacometti,

Luis Antonio s/Quiebra', que el martillero Pablo Hiriart, cuit 20-14375563-1 IVA responsable inscripto, rematará 30 de noviembre de 2009, a las 11.00 hs., en punto, en Tte. Gral. Perón nro.

1233 de Cap. Fed., Las 3/4 partes indivisas del inmueble, lote 18, sito en la localidad de Santa Clara del Mar, partido de Mar Chiquita, prov. De Buenos Aires. Nom. Catastral: Circ. IV; Sección F; Manzana 118; Parcela 18. Matricula 10857.

Ocupado por Mabel Alicia Mariani. Se trata de un lote de terreno de 195,50 m2., con una construcción de una casa precaria y sin terminar, aparentemente de 2 ambientes. En regular estado. Base: $ 15.000.-, al contado, mejor postor y dinero en efectivo. Seña 30%. Comisión 3%.

Acordada 10/99 CSJN: 0,25%. El saldo de precio deberá ser depositado dentro del décimo día de realizada la subasta sin necesidad de otra notificación ni intimación alguna, debiendo el comprador integrarlo aún cuando se hubiere planteado cualquier objeción que impida la aprobación de la subasta, bajo apercibimiento de los dispuesto por el art. 580 del Cód. procesal. Las deudas que pudieran existir en concepto de impuestos, tasas y contribuciones, devengadas hasta el día en que el día en que el adquirente tome posesión del bien, serán solventadas con el producido del remate. No se admitirá la compra en comisión, y que no será considerada en autos la eventual cesión de los derechos del boleto de compraventa. Habiéndose informado sobre los datos identificatorios del bien, no se admitirá reclama sobre su estado físico y/o jurídico. Los gastos que por cualquier tipo irrogue la toma de posesión del inmueble y su transferencia de dominio, como así también el retiro de objetos extraños correrán por cuenta y riesgo del adquirente, sin asumir la quiebra responsabilidad alguna. De corresponder el pago del IVA por la presente compraventa, el mismo no se encuentra incluido en el precio y será solventado por el comprador.Visitar los días 26 y 27 de noviembre de 2009 de 14.30 a 17.30.

El presente edicto se publicará por cinco días en el Boletín Oficial.

Buenos Aires, 10 de noviembre de 2009.

Mariano E. Casanova, secretario interino.

e. 17/11/2009 Nº 105016/09 v. 23/11/2009 Nº 9

Juzgado Nacional de 1ra. Inst. Comercial Nº 9, a cargo de la Dra. Paula Hualde, Secretaría Nº 17 a cargo del autorizante, sito en Marcelo T.

de Alvear 1840, Piso 4to. CABA, comunica por 5 días, en autos 'Lanusse Inmobiliaria s/Quiebra s/Inc. Venta Inmueble' Exp. 40384 (CUIT del Fallido: CDI 30-70922651), que el martillero Sr.

Raúl Fernando Barbotto (CUIT: 20-041065568), Tel: 4656-6658 y 15 4993-1610 realizará, en forma singular y en pública subasta, en la calle Tte. Gral. Juan D. Perón 1233, Ciudad de Bs. As.

(Oficina de Subastas Judiciales), el día 15/12/09 a las 10 hs, seis (6) departamentos, destinados a vivienda, ubicados en el centro de la Ciudad de Córdoba, Pcia. de Córdoba, con frente a Av Colón 452/54/56 a saber UF 7 (1ºD); UF:9 (2ºA); UF:48 (9ºE); UF:64 (13ºB); UF:11 (2ºB) y UF:21 (4ºB). Condiciones de venta: Con Base,

Al Contado y Mejor Postor; Seña: 30%, Comisión: 3%, Sellado de Ley: 1,5%; Arancel CSJN:

0,25%; IVA: 10,5% (sobre el excedente del valor terreno), solventado por el adquirente al margen del precio de venta (Fs. 5263/4). Todo en dinero efectivo, en el acto del remate. Los bienes se enajenan en el estado que se encuentran, habiéndose exhibido no se admitirán reclamos. En caso de adeudarse expensas, tasas, impuestos o contribuciones, las que correspondan al período anterior al decreto falencial deberán ser objeto de petición verificatoria; los impuestos inherentes al período comprendido entre la declaración de quiebra y las fechas de entrega de posesión serán reconocidas como acreencias del concurso y serán solventadas con la preferencia que corresponda; y las devengadas con posterioridad a la toma de posesión, estarán a cargo de los adquirentes. Se excluye la posibilidad de la compra en comisión y de la cesión del boleto de compraventa, la adjudicación y extensión del respectivo instrumento deberá recaer en la persona que efectivamente realice la mejor oferta.

El saldo de precio deberá ingresarse en el Banco Ciudad de Bs. As. --Suc. Tribunales-- a la orden del Tribunal, dentro del plazo de 5 días de aprobado el remate, sin necesidad de notificación a los adquirentes ni requerimiento previo y bajo apercib. de declararlos postores remisos (art.584 CPCC). La posesión se cumplirá dentro de los 10 días siguientes de acreditado el saldo de precio. El adquirente podrá proceder a efectuar la inscripción del inmueble a su favor por testimonio dentro de los 30 días siguientes de acreditado el saldo de precio. En consecuencia, la escrituración sólo se cumplirá de ser requerida por el adquirente (doctr. Cód. Proc. arts. 582 y 586) por el escribano que el mismo proponga, en tanto venta al contado, o por el escribano que oportunamente determinará el Tribunal para el caso que no lo designe el...

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