Los condenados por delitos sexuales serían controlados tras cumplir la pena en prisión

El homicidio de Camila Borda, la nena de 11 años violada y asesinada en Junín, puso en debate una vez más qué se debe hacer con los delincuentes acusados de ataques sexuales. Por lo pronto, en el anteproyecto del nuevo Código Penal se establecerá que los condenados por este tipo de delitos no podrán tener el beneficio de la libertad condicional y deberán cumplir en prisión la totalidad de la pena impuesta. Así lo sostuvo Mariano Borinsky, presidente de la comisión de juristas y especialistas convocados por el Gobierno para elaborar esa iniciativa.

Esa comisión de especialistas analiza también la creación del denominado instituto de "seguimiento socio-judicial", como una medida de seguridad posterior al cumplimiento de la condena, siguiendo al modelo del Código Penal francés.

El proyecto para modificar el Código Penal será presentado el mes próximo. "En primer lugar, la comisión fija la prohibición de acceso a la libertad condicional para los condenados por homicidios agravados y por delitos sexuales graves, fomentando así el cumplimiento total de las penas para dichos delitos", según explicaron fuentes oficiales.

La comisión de especialistas fue creada por un decreto del presidente Mauricio Macri en febrero del año pasado. Además de Borinsky, está integrada por Carlos Mahiques, juez de la Cámara Nacional de Casación Penal; Patricia Llerena, integrante de un tribunal oral en lo criminal (TOC) porteño; Víctor María Vélez, de la Federación Argentina de la Magistratura y la Función Judicial; Pablo López Viñals, procurador general de Salta; Guillermo Yacobucci, integrante de un TOC porteño y profesor de la Universidad de Buenos Aires y de la Universidad Austral; Fernando Córdoba, docente de la UBA; Patricia Ziffer, secretaria letrada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; el fiscal Pablo Turano, y Carlos González Guerra, actual director nacional de Política Criminal en materia de Justicia y Legislación Penal.

El instituto de "seguimiento socio-judicial", explicaron las fuentes consultadas, "está previsto para determinados delitos muy graves, tales como el homicidio agravado, el abuso sexual agravado, otros ataques graves contra la integridad sexual y los delitos que se cometan en un contexto de violencia de género. Consiste en la imposición de determinadas medidas de vigilancia y asistencia destinadas a prevenir la comisión de nuevos delitos que el condenado debe respetar durante un plazo máximo de diez años, con posterioridad al...

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