Sentencia de SALA I, 16 de Octubre de 2014, expediente CCF 002301/2011/CA001

Fecha de Resolución16 de Octubre de 2014
EmisorSALA I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I Causa 2301/2011 -

I- “CONDE MARIA ANDREA C/ SOLIDARIDAD Juzgado n°: 11 OBRA SOCIAL BANCARIA ARGENTINA S/

Secretaría n°: 22 SUMARISIMO DE SALUD”

Buenos Aires, 16 de octubre de 2014.

AUTOS Y VISTOS:

En atención al mérito, a la extensión, a la eficacia de la labor desarrollada en la ejecución de las astreintes, al importe de las liquidaciones aprobadas a fs. 281 y 304, a la etapa cumplida y a que no se han opuesto excepciones, se fijan los honorarios del letrado apoderado de la actora, Dr. H.C.C., en la suma de pesos seis mil ($ 6.000); arts. 6, 7, 9, 19 y 40 del arancel de honorarios de abogados y procuradores.

Por la labor realizada en los incidentes resueltos a fs. 251/252 y 281, valorando el monto disputado en cada uno de ellos y el éxito obtenido, se fijan los honorarios del letrado apoderado de la actora, Dr. Colombo, en la suma de pesos dos mil ($ 2.000) y pesos mil cuatrocientos ($ 1.400), respectivamente (arts. 33 y cit. del arancel).

Por la labor desarrollada en la ejecución de los honorarios, valorando el monto involucrado y que no se han opuesto excepciones, se fijan los del Dr...

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