CONCURSOS Y QUIEBRAS - CUIJ N° 13-05710415-9 CARATULADOS: 'MEDINA ENRIQUE ANTONIO P/ QUIEBRA DEUDOR”

Fecha de la disposición 1 de Junio de 2021

JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES, hace saber que a fs. 23 de los autos CUIJ N° 13-05710415-9 caratulados: "MEDINA ENRIQUE ANTONIO P/ QUIEBRA DEUDOR”, se ha resuelto lo siguiente: MENDOZA, 06 de Mayo de 2021. Y VISTOS:... CONSIDERANDO:... RESUELVO:... I. Declarar la QUIEBRA de MEDINA ENRIQUE ANTONIO con D.N.I. N° 16.963.378; C.U.I.L. N° 20-16963378-8 V. Fijar el día ONCE DE AGOSTO DE 2021, como fecha hasta la cual pueden presentar los acreedores ante el Síndico las solicitudes de verificación (art. 200 LCQ). Las mismas podrán ser remitidas por correo electrónico a Sindicatura, el cual será informado al momento de su aceptación de cargo, o bien a través del sistema de verificación digital que sea fijado oportunamente por la Suprema Corte de Justicia. VI. Fijar el día VEINTISÉIS DE AGOSTO DE 2021, como fecha hasta la cual el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación podrán presentar al Síndico las impugnaciones y observaciones a las solicitudes presentadas (art. 200, sexto párrafo LCQ), con el mismo procedimiento establecido para la presentación de las insinuaciones y previo pedido de remisión a Sindicatura de los archivos digitales presentados por los acreedores. Deberá el Síndico presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo, copia de las impugnaciones recibidas, a través de la MEED. VII. Fijar el día VEINTITRES DE SEPTIEMBRE DE 2021 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los Informes Individuales. VIII. Fijar...

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