Concesiones, Licitaciones, Servicios Públicos y Contrataciones en general

Fecha de la disposición26 de Agosto de 2015
CÓRDOBA, 26 de agosto de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVIII - Nº 162 Cuarta Sección
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AÑO CII - TOMO DCVIII - Nº 162
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 26 DE AGOSTO DE 2015
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SECCIÓN
CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y CONTRATACIONES EN GENERAL
NOTIFICACIONES
POLICIA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
El Señor Jefe del Departamento Administración de Personal, Comisario Inspector Carlos Isidro
Caminos, NOTIFICA al Cabo ( R ) LEONIDAS JULIAN VERGARAM.I.Nº 17.382.649 de la parte
resolutiva del contenido obrante en la Resolución de Jefatura de Policía Nº 58.234/14 de fecha
12/09/2014, la cual a continuación se transcribe: Jefe de Policía de la Provincia, en uso de
facultades que le son propias, RESUELVE: 1. HACER LUGAR al pedido de indemnización
sustitutiva de las licencias no usufructuadas por el Cabo ( R ) LEONIDAS JULIAN VERGARA
M.I.Nº 17382.649, correspondiente a las Licencias Anuales 2008 SIETE (07) días, 2009 TREINTA
(30) días , 2010 TREINTA (30) días, Parte Proporcional año 2011 CINCO (05) ; siendo todos días
hábiles , por resultar legalmente procedente en los términos del Art.53º Punto 9 del Reglamento
de la Ley de Personal Policial ( Dcto. Nº 763/12), en virtud de las consideraciones efectuadas en
análisis presente. 2. COMPENSAR LOS MONTOS resultantes de a indemnización de licencias
Anuales pendientes de uso, con aquel adeudado por el causante, por la suma de pesos Veinticinco
Mil Quinientos Noventa y Seis con Setenta y Siete Centavos ($ 28.596.67) resultante de las
disposiciones de la Resolución Nº 51.581/20.11, de fecha 07/10/2011, y en su merito extinguir
con fuerza de pago las deudas mantenidas , todo ello en virtud de resultar legalmente procedente
conforme disposiciones del Art818 sgtes. Y concordantes del Código Civil Argentino , y en caso
de existir deuda a percibir por parte del Estado , notificar al encartado a los fines de llegar a
acuerdo con respecto al modo en que abonara el crédito a favor de la Administración , en caso
de negativa del mismo , deberá darse la debida participación a la Procuración del Tesoro. 3. Al
Departamento Administración de Personal a los fines que se notifique al causante del contenido
de la presente y demás efectos. 4. Al Departamento Finanzas, a los fines que se compense el
monto antes referenciados y se compute en la partido presupuestaria pertinente, a efectos de
atender al pago requerido y conforme los porcentajes y valores que al respecto determina la
legislación vigente, conforme al calculo efectuado por dicha Dependencia a fs. (40y 41) del
presente actuado, de acuerdo las expresiones efectuadas en el análisis precedente ; debiéndose
darse intervención a la Procuracion del Tesorop en el caso de un resultado negativo en la
gestión. 5. PROTOCOLICESE. JEFATURA DE POLICIA, 12 de Septiembre de 2014. RESOLUCION
Nº 58.234/14. Que es cuanto hay que hacer constar por lo que se da por finalizado el acto previa
lectura y ratificación de su contenido. Queda Ud. debidamente notificado.
5 días - Nº 18065 - s/c - 26/08/2015 - BOE
POLICIA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
El Jefe del Departamento Administración de Personal Comisario Inspector Carlos Isidro Caminos,
NOTIFICA al Sargento Primero LEDESMA JUAN ALBERTO M.I.Nº 20.656.840, del contenido
obrante en la Resolución de Jefatura de Policía N° 59835, de fecha 22/04/2015, la cual a
continuación se transcribe: Jefe de Policía de la Provincia, en uso de facultades que le son
propias, RESUELVE: 1.-HOMOLOGAR la situación en Tareas No Operativas del Sargento Primero
LEDESMA JUAN ALBERTO M.I.Nº 20.656.840 a partir del 06/11/2014 NO RELACIONADA AL
SERVICIO PATOLOGIA PSIQUIATRICA, todo ello por resultar legalmente procedente y a partir
de la fecha respectiva, de acuerdo a las disposiciones previstas en el Art. 68º inc. “h” de la Ley
Nº 9728 y hasta tanto se disponga la modificación de la situación médica laboral y sin perjuicio
de cualquier otra que pudiera corresponderles. 2.-Al Departamento Administración de Personal,
a los fines que se notifique al causante del contenido de la presente y demás efectos. 3.-Al
Departamento Finanzas, a los efectos que asuma la participación de su competencia conforme
las expresiones efectuadas en el análisis precedente, de acuerdo a las disposiciones previstas
en la Ley Nº 10.001 que sustituye al inc. “c” del art. 93º de la Ley Nº 9728 en correlación con el inc.
“d” del mismo texto legal y en última instancia respecto de la Cabo ANDREA PAOLA VIVAS M.I.Nº
25.754.453 y el agente ANIBAL ALEJANDRO DUARTE M.I.Nº 32.280.806 y para el caso que sea
necesario, a los fines que esta instancia imparta las directivas pertinentes tendientes a procurar
la devolución por parte del/los causantes de lo oportunamente percibido de manera indebida, a
través de un acuerdo extrajudicial, teniéndose presente que para el caso de un resultado negativo
en la gestión, se deberá dar intervención a la Procuración del Tesoro de la Provincia a sus
efectos, con el objeto de promover el cobro judicial de lo que se trata. 4. – Al Departamento
Medicina Laboral a los efectos de que se efectúen los registros de rigor. 5- PROTOCOLÍCESE.
JEFATURA DE POLICÍA, 22 de Abril de 2015 RESOLUCIÓN N° 59835/2015 Que es cuanto hay
que hacer constar previa lectura y ratificación de su contenido. Queda Ud. debidamente notificado.
5 días - Nº 18063 - s/c - 26/08/2015 - BOE
POLICIA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
El Jefe del Departamento Administración de Personal, Comisario Inspector Carlos Isidro
Caminos, NOTIFICA al SUBOFICIAL PRINCIPAL SERGIO IGNACIO MORENO M.l. N°
21.895.784, del contenido obrante en la parte resolutiva de la Resolución de Jefatura de Policía
N° 59727, de fecha 06/04/2015, la cual a continuación se transcribe: Jefe de Policía de la
Provincia, en uso de facultades que le son propias., RESUELVE: 1.-HOMOLOGAR la situación
en Tareas No Operativas del SUBOFICIAL PRINCIPAL SERGIO IGNACIO MORENO M.l. N°
21.895.784, colocándolo en tal condición de acuerdo a las disposiciones previstas en el Art. 68º
inc. “h” de la Ley Nº 9728, todo ello por resultar legalmente procedente, a partir del 31/03/2014 y
hasta tanto se disponga la modificación de su situación médica laboral y sin perjuicio de
cualquier otra. 2.-Al Departamento Administración de Personal, a los fines que se notifique al
interesado del contenido de la presente y demás efectos. 3.- Al Departamento Finanzas, a los
efectos que asuma la participación de su competencia conforme las expresiones efectuadas en
el análisis precedente, de acuerdo a las disposiciones previstas la Ley Nº 10001 que sustituye
el inc. “c” del art. 93 de la Ley Nº 9728. 4. Al Departamento Medicina Laboral, a los efectos de que
se realicen los registros de rigor en el legajo médico laboral del encartado. 5.- PROTOCOLÍCESE.
JEFATURA DE POLICÍA, 06 de Abril de 2015 RESOLUCIÓN N° 59727/2015 Que es cuanto hay
que hacer constar por lo que se da por finalizado el acto previa lectura y ratificación de su
contenido. Queda Ud. debidamente notificado 5 días - Nº 18061 - s/c - 26/08/2015 - BOE
POLICIA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
El Jefe del Departamento Administración de Personal Comisario Inspector Carlos Isidro Caminos,
NOTIFICA al Subcomisario GUILLERMO GUSTAVO GREGORET M.I.Nº 18.339.399, del contenido
obrante en la Resolución de Jefatura de Policía N° 59835, de fecha 22/04/2015, la cual a
continuación se transcribe: Jefe de Policía de la Provincia, en uso de facultades que le son
propias, RESUELVE: 1.-HOMOLOGAR la situación en Tareas No Operativas del Subcomisario
GUILLERMO GUSTAVO GREGORET M.I.Nº 18.339.399 a partir del 11/11/2014 NO RELACIONADA
AL SERVICIO PATOLOGIA PSIQUIATRICA, todo ello por resultar legalmente procedente y a
partir de la fecha respectiva, de acuerdo a las disposiciones previstas en el Art. 68º inc. “h” de la
Ley Nº 9728 y hasta tanto se disponga la modificación de la situación médica laboral y sin
perjuicio de cualquier otra que pudiera corresponderles. 2.-Al Departamento Administración de
Personal, a los fines que se notifique al causante del contenido de la presente y demás efectos.
3.-Al Departamento Finanzas, a los efectos que asuma la participación de su competencia
conforme las expresiones efectuadas en el análisis precedente, de acuerdo a las disposiciones
previstas en la Ley Nº 10.001 que sustituye al inc. “c” del art. 93º de la Ley Nº 9728 en
correlación con el inc. “d” del mismo texto legal y en última instancia respecto de la Cabo

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