Concesiones, Licitaciones, Servicios Públicos y Contrataciones en general

Fecha de la disposición19 de Agosto de 2015
CÓRDOBA, 19 de agosto de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVIII - Nº 157 Cuarta Sección
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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
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Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA
AÑO CII - TOMO DCVIII - Nº 157
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 19 DE AGOSTO DE 2015
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SECCIÓN
CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y CONTRATACIONES EN GENERAL
NOTIFICACIONES
POLICIA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
El Señor Jefe del Departamento Administración de Personal Comisario Inspector Carlos
Isidro Caminos, NOTIFICA al SARGENTO AYUDANTE ® MORALES SANDRA MARIELA M.l.
N° 21.396.572, de la parte resolutiva del contenido obrante en la Resolución de Jefatura de
Policía N° 59530, de fecha 17/03/2015, la cual a continuación se transcribe: Jefe de Policía de
la Provincia, en uso de facultades que le son propias., RESUELVE: 1.-HOMOLOGAR la
continuidad en Disponibilidad desde el 16/07/2011 al 14/08/2011 y Pasiva desde el 16/07/2011
al 14/08/2011 de la Sargento Ayudante ® MORALES SANDRA MARIELA M.I.Nº 21.396.572,
todo ello por resultar legalmente procedente y por los períodos correspondientes, de acuerdo
a las disposiciones previstas en el Art. 69º inc. “c” y 70 inc. “d” de la Ley Nº 9728 y hasta tanto
se disponga la modificación de su situación médica laboral y de continuar hasta completar el
máximo de (06) meses. 2.-HOMOLOGAR la situación en Disponibilidad del SARGENTO
AYUDANTE ® IBARRA ERNESTO MIGUEL M.l. N° 22.415.426, por el 14/07/2011, todo ello de
acuerdo a lo previsto por el art. 69º inc. “c” de la Ley de Personal Policial. 3.-Al Departamento
Administración de Personal, a los fines que se notifique al causante del contenido de la
presente y demás efectos. 4.- Al Departamento Finanzas, a los fines que asuma la participación
de su competencia en los términos del art. 94º y 95º del mismo plexo legal y en caso de
corresponder, a los efectos que procure la restitución de los montos indebidamente percibidos
mediante el pertinente acuerdo extrajudicial conforme las expresiones efectuadas en el análisis
precedente. 5.- Al Departamento Medicina Laboral a los fines de que se efectúen los registros
de rigor. 6.- PROTOCOLÍCESE. JEFATURA DE POLICÍA, 17 de Marzo de 2015 RESOLUCIÓN
N° 59530/2015 Que es cuanto hay que hacer constar por lo que se da por finalizado el acto
previa lectura y ratificación de su contenido. Queda Ud. Debidamente notificado.
5 días - Nº 17224 - s/c - 19/08/2015 - BOE
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
Sr. PEREIRA JUAN CARLOS, DNI 27.492.337, SE HACE SABER A UD. QUE EN LAS
ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS Nro. 0045-017337/2015, CARATULADAS “ACTA DE
CONSTATACION N° 04519 – MULTA SEGÚN DECRETO 1048/2010”, SE HA DICTADO LA
SIGUIENTE PROVIDENCIA: Córdoba, 18 de Febrero de 2015 “Atento las presentes actuaciones,
a cuya fs. 2/3 se anexa, Acta de Constatación N° 04519, en razón que, prima facie, se habría
cometido una infracción, tipificada por el art. 58 inc. 18 (circular con un peso total o por eje
superior al autorizado mas su tolerancia) del Decreto N° 1048/2010 (y modificatorios), en Ruta
S 228 km. 8, el día 23 de Octubre de 2014, a las 11:30 hs., constatada por el Revisor de Cargas,
personal autorizado de la Dirección Provincial de Vialidad de la Provincia de Córdoba (D.P.V.),
Maximiliano Kowendl, en la que se consignan los datos del Conductor del vehículo marca
Scania, modelo 1962, año 1962, dominio TAN013, como PEREIRA JUAN CARLOS, DNI
27.492.337, Registro N° 27492337 E1 de la Localidad de Los Reartes, con domicilio en calle
Belgrano N° 1, Los Reartes, Provincia de Córdoba, C.P. 5194, del Propietario del vehiculo,
MARTINEZ JÉSICA YAMILA, DNI 33.567.620, domiciliada en Ruta N°5, El Balcón, Santa Rosa
de Calamuchita, Provincia de Córdoba, C.P.5196, del Receptor de la Carga, como EL GRAN
CIPRÉS, con domicilio en Ruta 5 Km. 62, Córdoba y del Cargador como BLOTTA ANDRÉS,
con domicilio en Los Pinos S/N, Yacanto, Provincia de Córdoba, C.P. 5197 y en función de lo
dispuesto por los Art. 18 inc. C, Art. 33 y Art. 37 del Decreto N° 1048/2010 (y modificatorios),
Ley 8555 y Art. 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Provincia de Córdoba N°
5358 T.O. 6658 y modificatorias, CÍTESE Y EMPLÁCESE a los Sres. PEREIRA JUAN CARLOS,
Conductor del vehículo, MARTINEZ JÉSICA YAMILA, Propietaria del vehículo y BLOTTA
ANDRÉS, Cargador, para que en el plazo de cinco (5) días hábiles administrativos de recibida
la presente, comparezcan ante esta D.P.V., sita en calle Figueroa Alcorta N° 445 de la Ciudad
de Córdoba de la Provincia de Córdoba (C.P. 5000), a los fines de formular descargo por
escrito, constituyan domicilio en el radio de la ciudad de Córdoba y ofrezcan las pruebas de
que intenten valerse para su defensa, bajo apercibimiento de tener por decaído su derecho,
ser declarados en rebeldía y, proceder sin más trámite a dictar resolución declarándolos
responsables de la infracción cometida y condenarlos al pago de la multa, cuyo valor nominal,
al momento de la infracción, ascendía a la suma de pesos cuatro mil cuatrocientos cuarenta
($4.440), monto este que será actualizado, conforme el valor de la Unidad de Multa (U.M.), a la
fecha del efectivo pago. Firmado, Dr. Juan Esteban García, Jefe de Departamento Asesoría
Jurídica, Dirección Provincial de Vialidad.” QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.
5 días - Nº 16393 - s/c - 19/08/2015 - BOE
POLICIA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
El Señor Jefe del Departamento Administración de Personal Comisario Inspector Carlos I.
Caminos, NOTIFICA al Comisario Mayor ® NIETO EDUARDO BERNARDO M.I.Nº 16.041.236,
de la parte resolutiva del contenido obrante en la Resolución de Jefatura Nº 58926, de fecha
28/11/2014, la cual a continuación se transcribe: Jefe de Policía de la Provincia, en uso de
facultades que le son propias, RESUELVE: 1.- NO HACER LUGAR al pago del reajuste de la
actualización dineraria de Licencias No Usufructuadas, reconocida mediante Resolución de
Jefatura de Policía Nº 53.717/2012, solicitado por el Comisario Mayor ® EDUARDO BERNABE
NIETO M.I.Nº 16.041.236, todo ello por resultar legalmente improcedente, conforme lo señalado
en el análisis presente. 2.-Al Departamento Administración de Personal, a los fines que se
notifique al causante del contenido de la presente y demás efectos. 3.- PROTOCOLÍCESE.
JEFATURA DE POLICÍA, 06 de Marzo de 2015 RESOLUCIÓN N° 58926/2014 Que es cuanto
hay que hacer constar por lo que se da por finalizado el acto previa lectura y ratificación de su
contenido. Queda Ud., debidamente notificado 5 días - Nº 17220 - s/c - 19/08/2015 - BOE
POLICIA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
El Señor Jefe del Departamento Administración de Personal Comisario Inspector Carlos
Isidro Caminos, NOTIFICA al SARGENTO PRIMERO ® IBARRA ERNESTO MIGUEL M.l. N°
22.415.426, de la parte resolutiva del contenido obrante en la Resolución de Jefatura de
Policía N° 59530, de fecha 17/03/2015, la cual a continuación se transcribe: Jefe de Policía de
la Provincia, en uso de facultades que le son propias., RESUELVE: 1.-HOMOLOGAR la
continuidad en Disponibilidad y Pasiva del personal detallado en el Anexo I, todo ello por
resultar legalmente procedente y por los períodos correspondientes, de acuerdo a las
disposiciones previstas en el Art. 69º inc. “c” y 70 inc. “d” de la Ley Nº 9728 y hasta tanto se
disponga la modificación de su situación médica laboral y de continuar hasta completar el
máximo de (06) meses. 2.-HOMOLOGAR la situación en Disponibilidad del SARGENTO
PRIMERO ® IBARRA ERNESTO MIGUEL M.l. N° 22.415.426, por el 14/07/2011, todo ello de
acuerdo a lo previsto por el art. 69º inc. “c” de la Ley de Personal Policial. 3.-Al Departamento
Administración de Personal, a los fines que se notifique al causante del contenido de la
presente y demás efectos. 4.- Al Departamento Finanzas, a los fines que asuma la participación
de su competencia en los términos del art. 94º y 95º del mismo plexo legal y en caso de
corresponder, a los efectos que procure la restitución de los montos indebidamente percibidos
mediante el pertinente acuerdo extrajudicial conforme las expresiones efectuadas en el análisis
precedente. 5.- Al Departamento Medicina Laboral a los fines de que se efectúen los registros

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