Concesiones, Licitaciones, Servicios Públicos y Contrataciones en general

Fecha de la disposición 9 de Diciembre de 2014
CÓRDOBA, 9 de diciembre de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCIX - Nº 214 Cuarta Sección
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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
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Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA
AÑO CI - TOMO DXCIX - Nº 214
CORDOBA, (R.A.), MARTES 9 DE DICIEMBRE DE 2014
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SECCIÓN
CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y CONTRATACIONES EN GENERAL
PRIMERA PUBLICACION
OFICIALES
TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA
SECRETARIA DE FISCALIZACIÓN PRESUPUESTARIA.
Se transcribe el siguiente oficio: SECRETARIA DE FISCALIZACION PRESUPUESTARIA, 15 de
Julio de 2013. Sra. Secretaria. Coop. Escuela Rafael Nuñez. Paraje El Tropiezo. Doña Rosana
Beatriz Sarmiento. Ref: Expte. N° 0081-26351/2012. Subsidio. Coop. Escuela Rafael Nuñez-
Paraje Tropiezo. De mi mayor consideración: Se hace saber a Ud. que en los autos caratulados
expediente N° 81-26351/2012 - Requerimiento 3166 - Subsidios Secretaría General - Transferencia
de Cargo - Ejercicio 2008, que se tramita administrativamente por ante este Organismo, se ha
resuelto librar a Ud. el presente OFICIO en carácter de FORMAL REQUERIMIENTO (Artículo 21
inc. b) punto 4 de la Ley 7630 - Orgánica del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Córdoba)
emplazándolo para que en el término de quince (15) días hábiles contados a partir de su
recepción y bajo apercibimiento de ley, eleve a este Tribunal la rendición de cuentas
correspondiente al subsidio otorgado mediante Decreto 1666/08 (Firmado por el Cr. Juan Schiaretti
- Gobernador de la Provincia de Córdoba) por la suma de $ 7.000 destinado a la Cooperadora de
la Escuela Rafael Nuñez del Paraje El Tropiezo, y destinado a la compra de un televisor, un DVD,
una moto guadaña, juegos didácticos y libros de textos, pagado con cheque 68535406 el día 12/
12/2008. Asimismo se le hace saber que la rendición de cuentas deberá estar conformada por
facturas y/o documento equivalente en original. Saludo a Ud. muy atte. Cr. Héctor Jorge Calvo.
Pro Secretario de Fiscalización Presupuestaria A/C: Secretaría de Fiscalización Presupuestaria.
3 días – 32519 – 11/12/2014 – s/c
TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA
-SECRETARIA DE FISCALIZACION PRESUPUESTARIA.
Se hace saber a Ud. que en los autos caratulados “Tribunal de Cuentas de la Provincia-Expte.
N° 0081-25423/11- Parroquia Ntra. Sra. de la Medalla Milagrosa (Pbro. Alejandro Rafael Baumann)-
Subsidio Ejercicio 2010, se ha dictado la siguiente resolución: RESOLUCION DE CUENTAS N°
46928. Córdoba 19 de Abril de 2013. VISTO… Y CONSIDERANDO: … RESUELVE: I) Dar por
cumplimentada la Planilla de Reparo N° 1684/11, formulada en contra del Pbro. ALEJANDRO
RAFAEL BAUMANN, levantando el cargo por la suma de PESOS CINCO MIL NOVECIENTOS
SESENTA y TRES C/91 CVOS. ($ 5.963,91), teniendo por justificada la inversión de los fondos
por igual importe. II) Notificada que sea la presente Resolución, se archivarán las actuaciones
en la División Archivo de este Tribunal. III) Protocolícese, notifíquese, dése copia y archívese.-
Fdo.: Dr. Eduardo César Barrionuevo Presidente. Cra. Adela R. Perolini Vocal. Dr. José A.
Medina Vocal - Cr. Héctor Jorge Calvo Prosecretario de Fiscalización Presupuestaria A/C
Secretaría de Fiscalización Presupuestaria. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Córdoba.
3 días – 32518 – 11/12/2014 – s/c
TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA
– SECRETARIA DE FISCALIZACION PRESUPUESTARIA –
Señor Franz Enrique Prieto Terán. D.N.I. N° 93.143.628, calle Corrientes N° 587 – B° Centro
Sur - Ciudad de Córdoba. Ref. Expte. N° 81-25189/2011. Requerimiento de Rendición de
Cuentas dentro de Residentes Bolivianos. De mi mayor consideración: en las actuaciones
de la referencia que se tramitan administrativamente por ante este Tribunal de Cuentas de la
Provincia, se ha resuelto librar a Ud. el presente OFICIO en carácter de FORMAL
REQUERIMIENTO (artículo 21 inc. c) punto 4) de la Ley 7630) emplazándolo para que en el
término de quince (15) días hábiles desde su recepción y bajo apercibimiento de ley, eleve
a este Tribunal la rendición de cuentas correspondiente al subsidio no reintegrable al
(;entro de Residentes Bolivianos destinado para los gastos inherentes a la Fiesta Patronal
de la Virgen de Urkupiña por la suma total de $ 7.000 pagado con cheque 63192633 de fecha
17/08/2007. Asimismo se hace saber que la rendición de cuentas deberá estar conformada
por facturas y/o documento equivalente en original. Saludo a Ud. atentamente. Fdo. DR. LUIS
ALBERTO NORTE. SECRETARIO DE FISCAALIZACION PRESUPUESTARIA. TRIBUNAL
DE CUENTAS DE LA PROVINCIA. 3 días – 32520 – 11/12/2014 – s/c
TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA
– SECRETARIA DE FISCALIZACION PRESUPUESTARIA –
Al Centro de Residentes Bolivianos. Calle Corrientes N° 587 – B° Centro Sur - Ciudad de
Córdoba. Ref. Expte. N° 81-25189/2011. Requerimiento de Rendición de Cuentas. Dentro de
Residentes Bolivianos. De mi mayor consideración: En las actuaciones de la referencia que se
tramitan administrativamente por ante este Tribunal de Cuentas de la Provincia, se ha resuelto
librar a Ud. el presente OFICIO en carácter de FORMAL REQUERIMIENTO (artículo 21 ínc. c)
punto 4) de la Ley 7630) emplazándolo para que en el término de quince (15) días hábiles desde
su recepción y bajo apercibimiento de ley, eleve a este Tribunal la rendición de cuentas
correspondiente al subsidio no reintegrable al (;entro de Residentes Bolivianos destinado para
los gastos inherentes a la Fiesta Patronal de la Virgen de Urkupiña por la suma total de $ 7.000
pagado con cheque 63192633 de fecha 17/08/2007. Asimismo se hace saber que la rendición de
cuentas deberá estar conformada por facturas y/o documento equivalente en original. Saludo a
Ud. atentamente. Fdo. DR. LUIS ALBERTO NORTE. SECRETARIO DE FISCALIZACION
PRESUPUESTARIA. TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA.
3 días - 32521 – 11/12/2014 – s/c
TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA
– SECRETARIA DE FISCALIZACION PRESUPUESTARIA –
Señora Margarita Camacho. D.N.I. N° 93.313.578. Calle Corrientes N° 587 – B° Centro Sur -
Ciudad de Córdoba. Ref. Expte. N° 81-25189/2011. Requerimiento de Rendición de Cuentas.
Centro de Residentes Bolivianos. De mi mayor consideración: en las actuaciones de la referencia
que se tramitan administrativamente por ante este Tribunal de Cuentas de la Provincia, se ha
resuelto librar a Ud. el presente OFICIO en carácter de FORMAL REQUERIMIENTO (artículo 21
inc. c) punto 4) de la Ley 7630) emplazándolo para que en el término de quince (15) días hábiles
desde su recepción y bajo apercibimiento de ley, eleve a este Tribunal la rendición de cuentas
correspondiente al subsidio no reintegrable al Centro de Residentes Bolivianos destinado para
los gastos inherentes a la Fiesta Patronal de la Virgen de Urkupiña por la suma total de $ 7.000
pagado con cheque 63192633 de fecha 17/08/2007. Asimismo se hace saber que la rendición de
cuentas deberá estar conformada por facturas y/o documento equivalente en original. Saludo a
Ud. atentamente. Fdo. CR. LUIS ALBERTO NORTE. SECRETARIO DE FISCALIZACION
PRESUPUESTARIA. TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA.
3 días – 32522 – 11/12/2014 – s/c
TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA
– SECRETARIA DE FISCALIZACION PRESUPUESTARIA –
Se hace saber a Ud. que en los autos caratulados “Tribunal de Cuentas de la Provincia-
Expte. N° 0081-27131112- Sr. Bernardino Rosales (Ministerio de Agricultura, Ganadería y
Alimentos – Subsidio - Ejercicio 2010”, se ha dictado la siguiente resolución: RESOLUCION

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