Concesiones, Licitaciones, Servicios Públicos y Contrataciones en general

Fecha de la disposición17 de Junio de 2014
CÓRDOBA, 17 de junio de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCII - Nº 93 Cuarta Sección
AÑO CI - TOMO DXCIII - Nº 93
CORDOBA, (R.A.), MARTES 17 DE JUNIO DE 2014
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SECCIÓN
CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y CONTRATACIONES EN GENERAL
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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. (0351) 434-2126/2127 -
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 hs. a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA
PRIMERA PUBLICACION
OFICIALES
POLICIA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Se NOTIFICA al Subcrio. ALEJANDRO GONZALO CHAVERO DNI. N° 23.823.685 del
contenido de Resolución de Jefatura de Policia N" 55271/13, por el Término de CINCO (5) días
seguidos mediante su publicación en el Boletín Oficial acorde a lo reglado en el Art 58° de la
Ley de Procedimientos Administrativos N° 5350 (T.O. 6658), cuyo texto dice "VISTO el presente
expediente identificado como N° DPV 111-3157/12, a través del cual el Departamento Medicina
Laboral informa la situación médica laboral del personal policial, con finalidad de determinar
su condición administrativa en virtud de haber hecho uso de Licencias por razones de salud
bajo la vigencia de la Ley N° 9728 y, CONSIDERANDO: que a los fines pertinentes, corresponde
analizar los elementos incorporados al actuado y determinar su consonancia con la normativa
vigente En este sentido, a fs. (02/03) el Departamento Medicina Laboral Incorpora nómina de
personal con más de Quince (15) años de antigüedad, que ha superado la cantidad de días de
Licencia médica estipulados en el artículo 68° inc. "d" detallándose al efecto la totalidad de
días de usufructo, situación por la cual han sido considerados en Situación de Disponibilidad
y Pasiva según corresponda. Que a fs. (07/53) se incorporan copias de la Resoluciones de
Jefatura mediante las cuales los encartados han sido oportunamente colocados en las
situaciones previstas por los Arts. 69° inc. e) y 70° inc. d) de la Ley 9728, de acuerdo a la
cantidad de días en que los mismos fueron superando lo normativamente previsto como
usufructo de licencias médicas dentro de la situación de Servicio Efectivo, conforme a lo
establecido por el Art 68° Inc. d) del plexo legal citado. Que ingresando al análisis de la
cuestión traída a examen, corresponde referir que con la sanción de la nueva Ley de Personal
Policial N" 9728, vigente a partir del día 01/01/2010, se dispuso establecer una nueva modalidad
de computo de días de licencia por razones de salud y en virtud de ello situaciones de revista
diferenciadas. En este sentido el Art. 68° inc. "d" de la citada normativa, estipula que revistara
en servicio efectivo "el personal con licencia por razones de salud desvinculadas del servicio,
hasta un (01) año computable desde que la misma fue verificada y con una antigüedad mayor
a quince (15) años de servicio". Por su parte el Art 69° inc. "e" dispone en relación a la
situación de revista en disponibilidad que revistara en tal carácter "el personal con licencia
por razones de salud desvinculadas del servicio, desde el momento que exceda el periodo de
servicio efectivo y hasta seis (06) meses más." Por último se prevé que vencido este plazo, el
personal revistara en situación pasiva por el término máximo de seis (06) meses, ello por
imperio del art 70° inc. "d". Así las cosas y determinándose el cumplimiento de los requisitos
establecidos al efecto, en cuanto al vencimiento de los plazos previstos por la normativa
citada para revistar en servicio Efectivo y en Disponibilidad, ello a la luz de los días de licencia
médica otorgados y los años de antigüedad en el servicio con que cuentan los causantes, en
que corresponde homologar el cambio de situación de revista de Disponibilidad a Pasiva, del
actual Sargento Ayudante ® Carlos Argentino CABEZA M.I. N° 23.748.237, Sargento Ayudante
Roberto Daniel MANCILLA M.I. N° 16.743.289 Y del Sargento Ayudante Miguel Horacio PETITI
M.I. N° 16.409.177, por los períodos que correspondan, en los términos del Art 70° Inc. "d" de
la Ley de Personal Policial. Por lo expuesto se debe otorgar la debida participación al
Departamento Finanzas a los fines que proceda a la liquidación de haberes conforme el
temperamento dispuesto por el Art. 9° del texto legal citado, y para el caso que sea necesario,
a los fines que esa instancia imparta las directivas pertinentes tendientes a procurar la
devolución por parte del/los causante/s de lo oportunamente percibido de manera indebida, a
través de un acuerdo extrajudicial, teniéndose presente que para el caso de un resultado
negativo en la gestión, se deberá dar intervención a la Procuración del Tesoro de la Provincia
de Córdoba a sus efectos, con el objeto de promover el cobro Judicial de lo que se trata, y al
Departamento Administración de Personal a su conocimiento y registro en el legajo personal
de los causantes. Que atento el análisis precedente y teniendo en cuenta el Dictamen N° 234/
13, emitido por la Dirección Asesoría Letrada el suscripto, Jefe de Policía de la Provincia, en
uso de facultades que le son propias, RESUELVE:. 1. HOMOLOGAR la continuidad en situación
de revista de Disponibilidad y Pasiva del personal detallado en el Anexo 1 y 11, todo ello por
resultar legalmente procedente y por los períodos correspondientes, de acuerdo a las
disposiciones previstas en el Art. 69° inc. "c" y 70° "d" de la Ley de Personal Policial N" 9728.
2. HOMOLOGAR el cambio de situación de revista de Disponibilidad a Pasiva del actual
Sargento Ayudante ® Carlos CABEZA M.I. N° 23.748.237, Sargento Ayudante Roberto Daniel
MANCILLA M.I. N° 16.743.289 Y del Sargento Ayudante Miguel Horacio PETITI M.I. N°
16.409.177, por los periodos que correspondan, detallados en el Anexo I y II, en los términos
del art. 70, inc. "d" de la Ley de Personal Policial N° 9728. 3. Al Departamento Administración
de' Personal a los fines que se notifique a los causantes del contenido de la presente y demás
efectos 4. Al Departamento Finanzas a los fines que asuma la participación de su competencia,
en los términos del art. 94° y 95° de la Ley N° 9728. 5. Al Departamento Medicina Laboral a los
efectos que se realicen los registros de rigor en el legajo médico laboral de los causantes. 6.
Protocolícese. JEFATURA DE POLICIA, 10 DE JUNIO 2013. RESOLUCION N° 55271/2013.
FIRMADO CRIO. GENERAL RAMON ANGEL FRIAS. JEFE DE POLICIA.
5 días – 14205 - 24/6/2014 - s/c.-
POLICIA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Se NOTIFICA al SubCrio. RAMON GUSTAVO TAPIA DNI N° 21.401.000 del Resolución N°
577 de fecha 29/11/2013, por el Término de CINCO (5) días seguidos mediante su publicación
en el Boletín Oficial acorde a lo reglado en el Art 58° de la Ley de Procedimientos Administrativos
N° 5350 (T. O. 6658), cuyo texto dice Ministerio de Seguridad de Córdoba "VISTO el presente
Expediente identificado como N° 0002-029976/2013 en el cual se propicia el Retiro Obligatorio
por Incapacidad Provisoria y Reserva de cargo a favor del señor Ramón Gustavo Tapia,
Subcomisario de la Policía de la Provincia de Córdoba. y CONSIDERANDO: Que por
Resolución N° 003583/2011 de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba se
acordó al nombrado el beneficio del Retiro Obligatorio por incapacidad Provisoria , a partir del
1 ° de septiembre de 2011 y por el término de 12 meses, operando su vencimiento el día 31 de
mayo de 2012. Que por Resolución N° 000571/2013 del citado Ente Previsional dispuso hacer
lugar al Recurso de Reconsideración interpuesto por el Señor Tapia en contra de la Resolución
N° 001554/2013 que no hiciera lugar a la prórroga del beneficio, dejándola sin efecto. Que
obra constancia de última percepción de haberes emitida por el citado Ente Previsional. Que
conforme lo expresado, corresponde disponer el Retiro Obligatorio por Incapacidad Provisoria
y en consecuencia disponer la Reserva del Cargo a favor del Señor Tapia, Subcomisario de la
Policía de la Provincia. Por ello y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos
Legales del Ministerio de Seguridad bajo el N° 621/2013. LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE Artículo 1° CONVALIDASE el Retiro Obligatorio por Invalidez Provisoria a favor del
señor Ramón Gustavo TAPIA (M.I. N° 21.401.000 - Clase 1970) otorgado por Resolución N"
000571/2013 ambas en la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba y la Reserva
del Cargo de Subcomisario de la Policía de la Provincia, por el periodo comprendido entre el
1 ° de septiembre de 2011 hasta el 31 de enero de 2015. Artículo 2°._ Protocolícese, comuníquese,
notifíquese y archívese. Resolución N° 577. Firmado: Mgter. ALEJANDRA MONTEOLlVA.
Ministra de Seguridad provincia de Córdoba." 5 días – 14206 - 24/6/2014 - s/c.-
POLICIA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Se NOTIFICA al SubCrio. ALEJANDRO GONZALO CHAVERO DNI. N° 23.823.685 del
contenido de Resolución de Jefatura de Policía N° 55745/13, por el Término de CINCO (5) días
seguidos mediante su publicación en el Boletín Oficial acorde a lo reglado en el Art. 58° de la
Ley de Procedimientos Administrativos N° 5350 (T. O. 6658), cuyo texto dice: "VISTO el
presente expediente identificado como N° DPV 111- 3158, a través del cual el Departamento

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