Concesiones, Licitaciones, Servicios Públicos y Contrataciones en general

Fecha de la disposición29 de Mayo de 2014
CÓRDOBA, 29 de mayo de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCII - Nº 80 Cuarta Sección
AÑO CI - TOMO DXCII - Nº 80
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 29 DE MAYO DE 2014
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SECCIÓN
CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y CONTRATACIONES EN GENERAL
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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. (0351) 434-2126/2127 -
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 hs. a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA
PRIMERA PUBLICACION
el importe de la sanción se reducirá de pleno derecho a la mitad y la infracción no se
considerará como antecedentes en su contra. En caso de no pagarse la/s multa/s o de no
presentarse la/s Declaración/es Jurada/s, se continuará con el procedimiento sumarial
aquí instruido. 5°) NOTIFÍQUESE.- Fdo: Cra. FABIANA BEATRIZ GARCIA - JUEZ
ADMINISTRATIVO Y FAC. R.G. 1717/10 Y 1574/08. 5 días - 11446 - 4/6/2014 - s/c
MINISTERIO DE EDUCACION
SECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS
Se hace saber a la señora Villacorta María Angélica, D.N.I. N° 13.434.853 ; que en
virtud de lo que consta en Expediente N° 0643-097192/2010; caratulado Solicita recupero
de haberes, se la intima para que en el plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir
de la fecha de la última publicación del presente, deposite en la cuenta Ejecución del
Presupuesto, N° 900-4000/04; del Banco de la Provincia de Córdoba, la suma de pesos
un mil ochocientos ochenta y nueve con sesenta y tres ctvs. ($ 1.889,63), en concepto de
reintegro de haberes indebidamente percibidos en virtud de no haber prestado servicios
a favor del Ministerio de Educación en el cargo y categorías liquidadas, durante los
períodos comprendidos desde el 01/11/2002 hasta el 30/05/2003 y SAC del primer semestre
del año 2003; debiendo acreditar de manera fehaciente dicho pago o en su defecto
formular el descargo pertinente, bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales que
por derecho correspondan. Córdoba, 27 de Mayo de 2014".-
5 días – 12079 – 4/6/2014 – s/c
MINISTERIO DE SALUD
En mi carácter de Directora de Jurisdicción de Recursos Humanos del Ministerio de
Salud de la Provincia de Córdoba, Intimole y emplazole al agente JORGE ALBERTO
CARBONEL, DNI 24.769.792, para que dentro de las 48 horas de recibida la misma,
cumplimente el requisito particular del llamado a concurso establecido en la Resolución
N° 249/11 (acreditar desempeño en Hospital Público Provincial). Queda Ud. debidamente
notificado. Fdo: Sandra Palamara- Dirección de Jurisdicción de RRHH - Ministerio de
Salud} 5 días - 12535 - 4/6/2014 - s/c.-
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
SECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
Se hace saber a la señora Pizarro Ramona Estherina, D.N.I. N° 02.488.900; que en
virtud de lo que consta en Expediente N° 0109-068293/2005; caratulado Eleva Renuncia
de Jubilación por invalidez definitiva", se la intima para que en el plazo de cinco (5) días
hábiles contados a partir de la fecha de la última publicación del presente, deposite en
la cuenta 'Ejecución del Presupuesto', N° 900-4000/04; del Banco de la Provincia de
Córdoba, la suma de pesos cinco mil setecientos cuarenta y seis con veintitrés ctvs. ($
5.746,23), en concepto de reintegro de haberes indebidamente percibidos en virtud de
no haber prestado servicios a favor del Ministerio de Educación en el cargo y categorías
liquidadas, durante los períodos comprendidos desde el 29/07/2004 al 15/03/2005;
debiendo acreditar de manera fehaciente dicho pago o en su defecto formular el descargo
pertinente, bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales que por derecho
correspondan. Córdoba, 27 de Mayo de 2014".-
5 días – 12078 – 3/6/2014 - s/c.
OFICIALES
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
MINISTERIO DE FINANZAS
Córdoba, 14 MAR 2014 - ID. S.A. EN FORMACION - VISTO: Las actuaciones cumplidas
en el expediente S.F. N° 7209324/14 - Y CONSIDERANDO: QUE de las referidas
actuaciones surge que para el contribuyente y/o responsable ID. S.A. EN FORMACION
inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 270468292 y ante la
Administración Federal de Ingresos Públicos con la C.U.I.T. N° 30-70890906-4, con
domicilio en calle Ing. Marcelo Garlot N° 3143 de la localidad Córdoba, Provincia de
Córdoba, se ha detectado - en nuestra base de datos - la falta de presentación dentro de
los plazos establecidos en la legislación vigente de declaraciones juradas del Impuesto
sobre los Ingresos Brutos en su condición de contribuyente, correspondiente a los
períodos Mayo a Diciembre de 2012, Enero a Diciembre de 2013 y Enero 2014. QUE esta
Dirección ha constatado que no se ha dado cumplimiento dentro del plazo estipulado
para su vencimiento con el deber formal al que resulta obligado conforme surge del Art.
45 inc. 2 del Código Tributario Provincial, Ley 6006 t.o. 2012 decreto 574 y modif., el que
versa: "Presentar en tiempo y forma la declaración jurada de los hechos imponibles que
éste código o Leyes tributarias especiales les atribuyan, salvo cuando se prescinda de
la declaración jurada como base para la determinación de la obligación tributaria.
Asimismo, presentar en tiempo y forma la declaración jurada informativa de los regímenes
de información propia del contribuyente o responsable o de información de terceros".
QUE previo a la aplicación de sanciones por las supuestas infracciones detectadas,
corresponde instruir el sumario previsto en el artículo 82 del Código Tributario, ley 6006,
t.o. 2012 y modificatorias, a fin de que el contribuyente ejerza su derecho a la debida
defensa. QUE no obstante la instrucción sumarial, corresponde hacer saber que en
caso de haber cumplimentado o de cumplimentar el deber formal omitido y/o abonar la/
s multa/s establecida/s en el Art. 70 dentro de los 15 (quince) días de recibido el
presente, está se reducirá de pleno derecho a la mitad y la infracción no se considerará
como antecedente en su contra. En caso de no pagarse la multa o de no presentarse la
Declaración Jurada, se seguirán las actuaciones tal como lo establece el Art. 82 del
C.T.P. en cuyo caso el importe de la multa será el establecido en el artículo 2 de la Ley
Impositiva Anual vigente. Por ello, y lo dispuesto en los artículos 70 y 82 del Código
Tributario, ley 6006, t.o. 2012 decreto 574 y modif. EL JUEZ ADMINISTRATIVO
RESUELVE: 1°) Instruir al contribuyente ID. S.A. EN FORMACION inscripto en el Impuesto
sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 270468292 y en la A.F.I.P. con la C.U.I.T. N° 30-
70890906-4, el sumario legislado en el Art. 82 del Código Tributario Provincial.- 2°)
Correr vista y emplazar por el término de quince (15) días hábiles para que el contribuyente
y/o responsable alegue su defensa y ofrezca las pruebas que hagan a su derecho,
debiendo informar en caso de haber presentado la/s declaración/es jurada/s y el o los
pago/s de la/s multa/s o Dicho escrito, y de corresponder las pruebas que se acompañen,
deberán ser presentadas en el domicilio de esta Dirección, sito en calle Rivera Indarte
N° 650 de la ciudad de Córdoba o en la Delegación que correspondiere. 3°) Hacer saber
que en la primera presentación deberá proceder conforme lo prescribe el Art. 22 de la
Ley 6658, “…Artículo 22.- Cuando se invoque el uso de una firma social, deberá
acreditarse la existencia de la sociedad, acompañándose el contrato respectivo, o copia
certificada por escribano público o autoridad administrativa. Cuando se tratare de
sociedades irregulares o de hecho, la presentación deberán firmarla todos los socios a
nombre individual, indicando cual de ellos continuará vinculado a su trámite…”, para la
correcta prosecución del trámite.- 4°) Hacer saber al contribuyente y/o responsable a
quien se le instruye el presente sumario, que en caso de abonar voluntariamente la multa
y presentar las declaraciones juradas omitidas, dentro del plazo dado en el artículo 2°),

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