Concesiones, Licitaciones, Servicios Públicos y Contrataciones en general

Fecha de la disposición 6 de Junio de 2014
CÓRDOBA, 6 de junio de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCII - Nº 86 Cuarta Sección
AÑO CI - TOMO DXCIII - Nº 86
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 6 DE JUNIO DE 2014
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SECCIÓN
CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y CONTRATACIONES EN GENERAL
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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. (0351) 434-2126/2127 -
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 hs. a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA
PRIMERA PUBLICACION
OFICIALES
CAJA DE PREVISION y SEGURIDAD SOCIAL DE ABOGADOS Y PROCURADORES
DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
CERTIFICO:Que el Consejo de Administración de la CAJA DE PREVISION y SEGURIDAD
SOCIAL DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE LA PROVINCIA DE CORDOBA, en sesión
de fecha 30/05/2014, Acta N° 2593 resolvió en el Asunto: 2°) INFORME DE PRESIDENCIA: El
Dr. Martín Fernando Campos informa: … b) Prórroga Plan de Pagos. Atento el vencimiento del
Plan de Pagos; se Resuelve prorrogarlo en las mismas condiciones hasta el 30 de junio del
cte. año. Comuníquese a todos los Departamentos y Sectores. Publíquese en el Boletín Oficial
de la Provincia de Córdoba, en la página web de la institución y dése a publicidad; Beatriz
Maidana – Secretaria General. N° 13117 - $ 145,60
MINISTERIO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD
TRIBUNAL DE CONDUCTA POLICIAL Y PENITENCIARIO
El Sr. Secretario por Actuaciones de Faltas Gravísimas del Tribunal de Conducta Policial y
Penitenciario, notifica al Ex Agente Mario Osvaldo LLanes, D.N.I. N° 27.249.873, que mediante
Decreto 021/14 se dispuso el Archivo del Expte. 1009681 (ex S.A. 382/10) en el que se
encontraba como investigado, en cuya parte resolutiva reza: Resuelvo: 1- Disponer el Archivo
de las presentes actuaciones identificadas como Expte. N° 1009681 (S.A. 382/10) sin perjuicio
de su reapertura en caso de conformarse nuevas circunstancias que asi lo ameriten. 2-
Protocolícese, notifíquese y comuníquese al Dpto. Administración de Personal, de la Policía
de la Provincia de Córdoba. Secretaría de Actuaciones por Faltas Gravísimas, 30 de Mayo de
2014, N° 021/14. Dr. Lucas M. Savio Secretario de Actuaciones por Faltas Gravísimas del
Tribunal de Conducta Policial de Conducta Policial y Penitenciario.
5 días – 13198 – 12/6/2014 - s/c.
LICITACIONES
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA
SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO FISICO
EXP-UNC: 159/2014 - Licitación Pública N° 06/2014 (Ley 13064)
"ALIMENTADOR DE MEDIA TENSION A LA CIUDAD UNIVERSITARIA DESDE
SUBESTACION. SUR E.P.E.C." PREADJUDICATARIO: CAPELLO S.A. - CUIT N° 30-55907653-
4 por $ 7.275.548,79. N° 13150 - $ 88,14
SERVICIO PENITENCIARIO DE CORDOBA
DIRECCION DE ADMINISTRACION
LICITACION PUBLICA N° 49/2014
Adquisición de POLLO FAENADO, con destino a los Establecimientos de Interior, dependientes
del Servicio Penitenciario de Córdoba y como provisión para tres (03) meses del corriente
año, a partir de la recepción de la correspondiente orden de provisión. APERTURA: 23/06/
2014, HORA: 09:00, MONTO: $313.448,70. AUTORIZACION: Resolución N° 95/2014 de la
Señora Directora de Administración del Servicio Penitenciario de Córdoba. Lugar de consultas
y ENTREGA DE PLIEGOS CON UN COSTO DE PESOS TRESCIENTOS TRECE CON
CINCUENTA CENTAVOS ($ 313,50): en la sede de la Jefatura del Servicio Penitenciario de
Córdoba, Dirección de Administración, Departamento Logística, sito en calle Entre Ríos N°
457 Córdoba. Presentación de las propuestas: en el Sistema Único de Atención al Ciudadano
(S.U.A.C.) del Servicio Penitenciario de Córdoba, sito en calle Entre Ríos N° 457, Córdoba, en
el horario de 8 a 20 hs., hasta el día hábil anterior a la fecha fijada para la apertura de las
mismas.
3 días - 13140 - 10/6/2014 - s/c.
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA
HOSPITAL UNIVERSITARIO DE MATERNIDAD Y NEONATOLOGIA
DEPARTAMENTO COMPRAS Y LICITACIONES
05 de Junio de 2014 - “En la Contratación Trámite Simplificado Nº 214/14 que el Hospital
Universitario de Maternidad y Neonatología realizara con el objeto de la Adq. de Uniformes
para Personal Administrativo Femenino y Masculino y para Personal Dpto. Mant. Y Prod.-
expte. UNC 0027148/14.- la comisión aconsejó la adjudicación a los siguientes proveedores:
1) Macowens-Dikter S.A.....$ 6496,00.-; 2) Labaque Modas S.A......$ 28414,00.-; Total Pre-
adjudicado $ 34910,00.-”
N° 13429 - $ 176,28
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA
LABORATORIO DE HEMODERIVADOS
CONTRATACIÓN DIRECTA N° 224 /2014
CONTRATAR LA PROVISIÓN DEL MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE
LOS EQUIPOS DE FRÍO ULTRAFRÍO. Lugar donde pueden retirarse o consultarse los pliegos:
LABORATORIO DE HEMODERIVADOS - Dpto. Compras - Av. Valparaíso S/N - Ciudad
Universitaria (X5000 H RA) Córdoba en días hábiles administrativos de 9 a 14 Hs. en el
Laboratorio de Hemoderivados. Valor del Pliego: SIN COSTO. Lugar de presentación de las
ofertas: LABORATORIO DE HEMODERIVADOS U.N.C., DEPARTAMENTO COMPRAS.
Apertura 17/06/2014 -12:00 Horas. 2 días – 13372 – 9/6/2014 - $ 464,88
POLICIA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
LICITACIÓN PÚBLICA - Expte. Nº 0182-031226/2014
“Llámese a Licitación Pública Nº 24/2014, a realizarse por intermedio de la División
Contrataciones – Dpto. Finanzas de la Dirección de Administración de la Policía de la Provincia
de Córdoba, tramitada por Expte. Nº 0182-031226/2014, con el objeto de realizar la
“ADQUISICIÓN DE UNIFORMES Y CASCOS PARA EL PERSONAL QUE INTEGRA LAS
DIVISIONES Y ESCUADRONES DE MOTOS PERTENECIENTES A UNIDADES REGIONALES
DEPARTAMENTALES DE LA POLICIA DE CORDOBA”, según Pliegos de Condiciones Gen-
erales, Particulares y de Especificaciones Técnicas. PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS TRES
MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL ($3.296.000). Valor del Pliego: PESOS
TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS ($3.296). Apertura: el día 23 de junio del 2014 a
las 09:30 horas, en el Departamento Finanzas (División Contrataciones), sito en Av. Colón Nº
1250- 1º piso, Córdoba Capital. Los pliegos pueden consultarse y retirarse hasta un (1) día
hábil antes de la fecha de apertura, de Lunes a Viernes (días hábiles) de 08:00 hs. a 13:00 hs.,
en la Dirección de Administración, Departamento Finanzas (División Contrataciones), sito en
Av. Colon Nº 1250- 1º piso, Córdoba Capital.- 5 días – 13449 – 12/06/2014 – s/c.
Cuarta Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCIII - Nº 86 CÓRDOBA, 6 de junio de 20142
MINISTERIO DE EDUCACION
SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE JURISDICCIÓN DE ADMINISTRACIÓN - AREA CONTRATACIONES
Llamado a COMPULSA ABREVIADA N° 02/2014 para la contratación del SERVICIO DE
CAFETERÍA Y REFRIGERIO PARA LAS JORNADAS DE FORMACION INSTITUCIONAL EN
EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de Pesos
doscientos diez mil ($210.000,00).- Expte: 0496-119557/2014.- Consulta y entrega de los
Pliegos de Bases y Condiciones: A partir del día 06 de Junio de 2014, en días hábiles –de 8 a
18 hs.- en la Dirección de Administración del Ministerio de Educación sita en calle Santa Rosa
Nº 751 3er. piso de la Ciudad de Córdoba.- Presentación de Ofertas: La propuesta deberá ser
presentada en Mesa de Entradas del Ministerio de Educación (SUAC Santa Rosa), sito en
calle Santa Rosa Nº 751, Planta Baja, de la Ciudad de Córdoba, hasta el día 12 de Junio de
2014 a las 13:00.- 3 días – 13295 – 10/6/2014 – s/c
BANCO DE LA NACION ARGENTINA
AREA COMPRAS Y CONTRATACIONES INMUEBLES
Llámase a Licitación Pública N° INM - 3353, para la ejecución de "Reparación integral de
dos motocompresores del sistema central de A° A° y el servicio de mantenimiento integral del
mismo" en el edificio sede de la sucursal CORDOBA. La fecha de apertura de las propuestas
se realizará el 16/06/14 a las 13:30 Hs. en el Área de Compras y Contrataciones - Departamento
de Inmuebles - Bartolomé Mitre 326 3° piso oficina 311 - (1036) - Capital Federal. Compra y
consulta de pliegos en la citada Dependencia y en la Gerencia Zonal Córdoba. Asimismo
pueden efectuarse consultas en el sitio de la página Web del Banco de la Nación Argentina
www.bna.com.ar - VALOR DEL PLIEGO: $500.- COSTO ESTIMADO: $ 478.000.- MAS IVA.
4 días – 13129 – 11/6/2014 - $ 834,24
PUBLICACIONES ANTERIORES
OFICIALES
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
RESOLUCION DJRGDA-M 0119/2014 - Córdoba, 21 MAY 2014 - VISTO, este expediente
Nº (SF 7206291/14), resulta que de los antecedentes obrantes en autos, la firma contribuyente
SLIM SRL (E/F), inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 280239721,
y en la A.F.I.P. con la C.U.I.T. N°: 30-71133315-7, con domicilio en calle Los Platanos Nº 1398
B° Los Platanos de la localidad Córdoba, Pcia. de Córdoba, se instruyó Sumario con fecha
13-03-14, y CONSIDERANDO:Que instruido el Sumario y corrida la vista de Ley por el
término de QUINCE (15) DIAS, para que la parte ejerza su derecho defensa y ofrezca las
pruebas que entiende hacen a su derecho –Art. 82 del C.T.P. Ley 6006 t.o. 2012 decreto 574
y modif.-, la misma deja vencer el plazo sin presentar objeción alguna. Que dicha instrucción
de Sumario fue notificada de acuerdo a lo establecido en el Art. 63 inc. d) 2º párrafo y Art. 54
y 58 Ley procedimiento Administrativo N° 6658 y modificatorias siendo el último día de
publicación en el Boletín oficial el 14-04-14.Que debe quedar en claro que los contribuyentes,
responsables y terceros están obligados a cumplir los Deberes establecidos por éste
Código o Leyes Tributarias Especiales, para facilitar a la Dirección el ejercicio de sus
funciones (Art. 45 Primer Párrafo del CTP). Que de las constancias obrantes en autos se
desprende que la firma contribuyente no ha cumplimentado en los términos del Art. 45 inc. 2
al no haber presentado la Declaración Jurada correspondiente al periodo Febrero, Marzo,
Septiembre a Diciembre 2012, Enero a Diciembre 2013 y Enero 2014, dentro del plazo
previsto en la Resolución Ministerial vigente. Que atento a la naturaleza jurídica de las
infracciones que aquí se juzgan, la conducta descripta por el contribuyente como en este
caso es "la no presentación en tiempo y forma de la Declaración Jurada de hechos imponibles
que el CTP o Leyes especiales le atribuyan, y el no cumplimiento a la intimación de la
Dirección", actúa como presupuesto objetivo de responsabilidad tributaria por su sola
configuración, máxime si se tiene en cuenta que el contribuyente no ha aportado elementos
jurídicamente relevantes.- Que en consecuencia la infracción por incumplimiento a los
deberes formales, se encuentra configurada, deviniendo pertinente la sanción a la
Responsable de referencia con una Multa que en esta instancia se gradúa en la Suma de
Pesos SIETE MIL SEISCIENTOS CON 00/100 CENTAVOS ( $ 7.600,00). Señálese que a fin
de cuantificar la Multa se tuvo en cuenta, lo establecido en el segundo párrafo del Art. 70 del
C.T.P. -Ley 6006 t.o 2012 decreto 574 y modif., el cual nos lleva al Art. 2 de la LIA que en su
apartado “A” Inc. 2 dice: “A- Omisión de presentar declaraciones juradas: 2 Sociedades,
asociaciones, entidades de cualquier clase, unión transitorias de empresas y agrupaciones
de colaboración empresaria, fideicomisos” - Que en virtud de lo manifestado precedentemente
y existiendo elementos de convicción que la sostienen, debe darse por cierta la materialidad
de la infracción que se le imputa, la cual transgrede normas tributarias de cumplimiento
obligatorio, resultando incuestionable la aplicación al caso del régimen sancionatorio del
Art. 70 del C.T.P. -Ley 6006 t.o 2012 decreto 574 y modif.- Por lo expuesto y de conformidad
a lo estipulado en el Art. 82 del ya mencionado texto legal, EL JUEZ ADMINISTRATIVO
RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- APLICAR a la firma contribuyente SLIM SRL (E/F), inscripta en
el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 280239721, y en la A.F.I.P. con la C.U.I.T.
N°: 30-71133315-7, una multa de PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS CON 00/100 CENTAVOS
($ 7.600,00), en virtud de haber incurrido en incumplimiento a los deberes formales
establecidos en el art. 45 inc. 2 del Código Tributario de la Provincia. – Ley 6006 t.o.2012
decreto 574 y Modificatorias.- ARTÍCULO 2º.- DECLARAR a la firma responsable obligada
al pago del sellado de actuación- Libro 2º Título 7º del Código Tributario Ley 6006 t.o. 2012
decreto 574 y modif., el que asciende a la suma de PESOS NUEVE CON 00/100 CENTAVOS
($ 9,00), conforme a los valores fijados por la Ley Impositiva vigente.- ARTÍCULO 3º.-
INTIMARLO para que en el término de QUINCE (15) DIAS hábiles de notificada la presente
abone la multa expresada y el sellado de actuación, los cuales deberán ser depositados en
la Entidad Bancaria donde corresponde dar cumplimiento a sus obligaciones fiscales,
conforme las normas vigentes sobre el particular, y deberá acreditar el pago de inmediato
e indefectiblemente en el domicilio de la Dirección de Rentas de la Provincia de Córdoba,
sito en la calle Rivera Indarte Nº 650 - de esta Ciudad, o en la Delegación que corresponda,
bajo apercibimiento de cobro por vía de ejecución fiscal.- ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE,
NOTIFÍQUESE, con remisión de copia autenticada.- Fdo: CRA. FABIANA BEATRIZ GARCIA
- JUEZ ADMINISTRATIVO Y FAC. R.G. 1717/10 Y 1574/08 5 días - 13040 - 11/6/2014 - s/c
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
RESOLUCION DJRGDA-M 0120/2014 - Córdoba, 21 MAY 2014 - VISTO, este expediente
Nº (SF 7206293/14), resulta que de los antecedentes obrantes en autos, la firma contribuyente
CERESERING SA (E F), inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº
280308901, y en la A.F.I.P. con la C.U.I.T. N°: 30-71150559-4, con domicilio en calle Gral
Jose Gervasio Artigas Nº 39 de la localidad Córdoba, Pcia. de Córdoba, se instruyó Sumario
con fecha 13-03-14, y CONSIDERANDO: Que instruido el Sumario y corrida la vista de Ley
por el término de QUINCE (15) DIAS, para que la parte ejerza su derecho defensa y ofrezca
las pruebas que entiende hacen a su derecho –Art. 82 del C.T.P. Ley 6006 t.o. 2012 decreto
574 y modif.-, la misma deja vencer el plazo sin presentar objeción alguna. Que dicha
instrucción de Sumario fue notificada de acuerdo a lo establecido en el Art. 63 inc. d) 2º
párrafo y Art. 54 y 58 Ley procedimiento Administrativo N° 6658 y modificatorias siendo el
último día de publicación en el Boletín oficial el 14-04-14. Que debe quedar en claro que los
contribuyentes, responsables y terceros están obligados a cumplir los Deberes establecidos
por éste Código o Leyes Tributarias Especiales, para facilitar a la Dirección el ejercicio de
sus funciones (Art. 45 Primer Párrafo del CTP). Que de las constancias obrantes en autos
se desprende que la firma contribuyente no ha cumplimentado en los términos del Art. 45 inc.
2 al no haber presentado la Declaración Jurada correspondiente al periodo Julio a Diciembre
2012, Enero a Diciembre 2013 y Enero 2014, dentro del plazo previsto en la Resolución
Ministerial vigente. Que atento a la naturaleza jurídica de las infracciones que aquí se
juzgan, la conducta descripta por el contribuyente como en este caso es "la no presentación
en tiempo y forma de la Declaración Jurada de hechos imponibles que el CTP o Leyes
especiales le atribuyan, y el no cumplimiento a la intimación de la Dirección", actúa como
presupuesto objetivo de responsabilidad tributaria por su sola configuración, máxime si se
tiene en cuenta que el contribuyente no ha aportado elementos jurídicamente relevantes.-
Que en consecuencia la infracción por incumplimiento a los deberes formales, se encuentra
configurada, deviniendo pertinente la sanción a la Responsable de referencia con una Multa
que en esta instancia se gradúa en la Suma de Pesos SIETE MIL SEISCIENTOS CON 00/100
CENTAVOS ( $ 7.600,00). Señálese que a fin de cuantificar la Multa se tuvo en cuenta, lo
establecido en el segundo párrafo del Art. 70 del C.T.P. -Ley 6006 t.o 2012 decreto 574 y
modif., el cual nos lleva al Art. 2 de la LIA que en su apartado “A” Inc. 2 dice: “A- Omisión de
presentar declaraciones juradas: 2 Sociedades, asociaciones, entidades de cualquier clase,
unión transitorias de empresas y agrupaciones de colaboración empresaria, fideicomisos”
- Que en virtud de lo manifestado precedentemente y existiendo elementos de convicción
que la sostienen, debe darse por cierta la materialidad de la infracción que se le imputa, la
cual transgrede normas tributarias de cumplimiento obligatorio, resultando incuestionable
la aplicación al caso del régimen sancionatorio del Art. 70 del C.T.P. -Ley 6006 t.o 2012
decreto 574 y modif.- Por lo expuesto y de conformidad a lo estipulado en el Art. 82 del ya
mencionado texto legal, EL JUEZ ADMINISTRATIVO RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- APLICAR
a la firma contribuyente CERESERING SA (E F), inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos
Brutos bajo el Nº 280308901, y en la A.F.I.P. con la C.U.I.T. N°: 30-71150559-4, una multa de
PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS CON 00/100 CENTAVOS ($ 7.600,00), en virtud de haber
incurrido en incumplimiento a los deberes formales establecidos en el art. 45 inc. 2 del
Código Tributario de la Provincia. – Ley 6006 t.o.2012 decreto 574 y Modificatorias.-
ARTÍCULO 2º.- DECLARAR a la firma responsable obligada al pago del sellado de actuación-
Libro 2º Título 7º del Código Tributario Ley 6006 t.o. 2012 decreto 574 y modif., el que
asciende a la suma de PESOS NUEVE CON 00/100 CENTAVOS ($ 9,00), conforme a los
valores fijados por la Ley Impositiva vigente.- ARTÍCULO 3º.- INTIMARLO para que en el
término de QUINCE (15) DIAS hábiles de notificada la presente abone la multa expresada
y el sellado de actuación, los cuales deberán ser depositados en la Entidad Bancaria donde
corresponde dar cumplimiento a sus obligaciones fiscales, conforme las normas vigentes
sobre el particular, y deberá acreditar el pago de inmediato e indefectiblemente en el
domicilio de la Dirección de Rentas de la Provincia de Córdoba, sito en la calle Rivera
Indarte Nº 650 - de esta Ciudad, o en la Delegación que corresponda, bajo apercibimiento
de cobro por vía de ejecución fiscal.- ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, NOTIFÍQUESE,
con remisión de copia autenticada.- Fdo: CRA. FABIANA BEATRIZ GARCIA - JUEZ
ADMINISTRATIVO Y FAC. R.G. 1717/10 Y 1574/08 5 días - 13041 - 11/6/2014 - s/c
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
RESOLUCION DJRGDA-M 0124/2014 - Córdoba, 21 MAY 2014 - VISTO, este expediente
Nº (SF 6998798/13), resulta que de los antecedentes obrantes en autos, la firma contribuyente
CORREGI RODOLFO ANGEL, inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el

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