Concesiones, Licitaciones, Servicios Públicos y Contrataciones en general

Fecha de la disposición11 de Febrero de 2014
CÓRDOBA, 11 de febrero de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DLXXXIX - Nº 11 Cuarta Sección
AÑO CI - TOMO DLXXXIX - Nº 11
CORDOBA, (R.A.), MARTES 11 DE FEBRERO DE 2014
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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. (0351) 434-2126/2127 -
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 hs. a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA
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OFICIALES
POLICIA DE CORDOBA
DPTO. CAP RURAL SUR
Expediente Nº DPVIII – 4299, de fecha 12 de Diciembre del 2013, relacionada a la situación
administrativa del Oficial Principal MARCELO EDUARDO TREJO, DNI – 24318085, quien
se encuentra adscripto al Departamento Patrulla Rural Sur de la Policía de la Provincia de
Córdoba, según lo estipulado en el Artículo 58º de la Ley de Procedimientos Administrativos
de la Provincia de Córdoba, y el cual a fin de dar cumplimiento, se transcribe a continuación:
““…1. TRASLADO a Ud., la presente a fin de llevar a su conocimiento que, compulsados
nuestros registros, el Oficial Principal MARCELO TREJO, DNI - 24318085, adscripto a ese
Dpto. a su cargo, a la fecha tiene pendiente de fin de homologación las siguientes Carpetas
Médicas que se detallan a continuación: CARPETA MÉDICA Nº 56 de FECHA 19/08/2011. 2.
Por tal motivo solicito al Sr. Jefe que tenga a bien disponer lo pertinente para el comparendo
del causante, el primer día hábil posterior a su notificación, ante este Dpto., en el horario de
09:00 a 13:00 Hs. acompañado de la documentación pertinente y copia de cédula de notificación
que se adjunta en autos, debidamente conformada y rubricada...”. Fdo.: Crio. Insp. Jorge F.
GUAJARDO, Jefe del Dpto. Medicina Laboral”.
2. Sírvase informar el número de “Registro y los días de publicación”, a fin de proseguir
con el trámite administrativo que corresponda.
Comisario JUAN CASAS - Jefe del Departamento Patrulla Rural Sur
5 días – 319 - 14/2/2014 - s/c.
POLICIA DE CORDOBA
DPTO. CAP RURAL SUR
VISTO, el presente expediente identificado como Nº 465680 026 77 913, a través de los
cuales el Departamento Medicina Laboral informa la situación médica laboral de la Nómina
de los causantes según Anexo I (Oficial Principal MARCELO EDUARDO TREJO, DNI –
24318085), con la finalidad de determinar su condición administrativa, y CONSIDERANDO:
Que a los fines pertinentes, corresponde analizar los elementos incorporados al actuado
y determinar su consonancia con la normativa vigente. En este sentido, a fs. (02/04) el
Departamento Medicina Laboral comunica las nóminas de los causantes que ingresan en
Tareas no Operativas a partir de la fecha que para cada uno de ellos se determina, y que
le les realizó Junta médica Laboral las que se encuentran archivadas en las fichas médicas;
a las cuales y por cuerda separada, se acompañaron los respectivos certificados médicos
correspondientes que acreditan tal situación a efectos de ser glosados en los legajos
personales como constancias, en resguardo del secreto médico que acreditan tal situación,
determinándose que por su patología no relacionada al servicio, los mismos ingresan en
Tareas No Operativas. Que ingresando al análisis de la cuestión traída a examen,
corresponde referir que con la sanción de la nueva Ley del Personal Policial Nº 9728,
vigente a partir del día 01/01/2010, y su Dcto. Reglamentario Nº 763/12, se dispuso
contemplar la situación dl personal que se encuentre en Tareas No Operativas, como
situación de revista efectiva, ello conforme las disposiciones del Art. 68º inc. “h” de la
citada normativa, que dispone: “Revistará en servicio efectivo:.... h) El personal que se
encuentre en tareas no operativas será determinada por el Jefe de Policía, previa junta
médica efectuada por Medicina Laboral de la Policía de la Provincia de Córdoba e implicara
no usar el uniforme policial ni portar el armamento reglamentario por el tiempo que dure la
misma”. Así las cosas y determinándose en autos el cumplimiento de los requisitos
establecidos al efecto, corresponde homologar lo dispuesto por el Área Médica competente
de la Repartición en relación a los causantes por resultar legalmente procedente,
colocándolos en la situación de revista aludida, todo ello a partir del día de la fecha que
para cada uno de ellos se determina en el Anexo I y mientras se mantengan en dicha
condición médica y sin perjuicio de cualquier otra que por otros motivos pudiere
corresponderles. Asimismo corresponde dar participación al Departamento Finanzas a
los fines que proceda a la liquidación de haberes conforme al temperamento dispuesto por
la sanción de la Ley 10.001 que sustituye el inc. “c” del art. 93º de la Ley 9728 que
establece: “El comprendido en el inciso “h” del art. 68º de la presente ley, el sueldo básico,
los suplementos generales, los gastos por mantenimiento de uniforme y las bonificaciones
que correspondieren, salvo la compensación de servicios adicionales y recargo de servicio,
y”. Que atento el análisis precedente y teniendo en consideración el Dictamen Nº 1222/12,
emitido por la Dirección Asesoría Letrada el suscripto, Jefe de Policía de la Provincia, en
uso de facultades que le son propias, RESUELVE: 1. HOMOLGAR la situación en Tareas
No Operativas del personal detallado en Anexo I, todo ello por resultar legalmente procedente
y a partir del día de la fecha que para cada uno de ellos se determina, de acuerdo a las
disposiciones previstas en el Art. 68º inc. “h” de la Ley Nº 9728, - Dcto. Reglamentario Nº
763/12 y hasta tanto se disponga la modificación de la situación médica laboral y sin
perjuicio de cualquier otra; 2. Al Departamento Administración de Personal a los fines que
se notifique a los causantes del contenido de la presente y demás efectos; 3. Al Departamento
Finanzas, a los efectos que asuma la participación de su competencia conforme a las
expresiones efectuadas en el análisis precedente, de acuerdo a las disposiciones previstas
en la ley 10.001 que sustituye el inc. “c” de art. 93º de la Ley Nº 9728; 4. Al Departamento
Medicina Laboral a los efectos de que efectué los registros de rigor en el legajo laboral de
los causantes; 5. PROTOCOLICESE. JEFATURA DE POLICIA, 02 de Octubre de 2013.
RESOLUCION Nº 55980/2013. Crio. General Téc. Sup. CESAR EDUARDO ALMADA, JEFE
DE POLICIA”. Comisario Vicente Juan Casas – Jefe del Dpto. Patrulla Rural Sur
5 días – 318 - 14/2/2014 - s/c.
DIRECCION DE POLICIA FISCAL
Córdoba, 17 de Septiembre de 2013 - TEJERO CINTIA ROMINA - REF. EXPTE.: 0562-
000804/2013 - De las constancias obrantes en el Expediente Nº 0562-000804/2013 tramitado
en la Dirección de Policía Fiscal de la Provincia de Córdoba, surge que el Contribuyente
TEJERO CINTIA ROMINA, CUIT N° 27-26589546-3, inscripto en el Impuesto Sobre los Ingresos
Brutos bajo el N° 904-240684-1, con domicilio tributario en calle De los Calabreses N° 3862,
de la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, ha presentado Declaraciones Juradas
rectificativas por los períodos Marzo de 2006, Abril a Diciembre de 2008; Enero a Marzo,
Junio a Diciembre de 2009, y por ende, no ha ingresado el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos
correspondiente a dichos períodos en tiempo y forma, resultando de ese modo una diferencia
de impuesto a favor del Fisco Provincial de:
Año 2006
* Marzo: Pesos Ciento Cuarenta y Tres con Veintiocho Centavos ($ 143,28)
Año 2008
* Abril: Pesos Veintiocho con Sesenta y Cuatro Centavos ($ 28,64)
* Mayo: Pesos Veinticinco con Treinta y Seis Centavos ($ 25,36)
* Junio: Pesos Cuatrocientos Diez con Cincuenta Centavos ($ 410,50)
* Julio: Pesos Quinientos Noventa y Seis con Noventa y Cinco Centavos ($ 596,95)
* Agosto: Pesos Ochocientos Ochenta y Tres con Sesenta y Nueve Centavos ($ 883,69)
* Septiembre: Pesos Cuatrocientos Siete con Sesenta y Cuatro Centavos ($ 407,64)
* Octubre: Pesos Setecientos Treinta y Ocho con Cincuenta y Dos Centavos ($ 738,52)
* Noviembre: Pesos Ochocientos Cincuenta y Tres con Treinta y Cuatro Centavos ($ 853,34)
* Diciembre: Pesos Mil Trescientos Ochenta con Cuarenta y Cinco Centavos ($ 1.380,45)

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