Comunicados y avisos del día 16/02/2007

Fecha de la disposición16 de Febrero de 2007

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

ACTA N° 2.236 - IVC

Se transfiere al G.C.B.A., el dominio de parcelas, con cargo de construir un Centro de Salud, una Plaza y un Centro Deportivo

Reunión del Directorio de fecha 31/1/07.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 31 días del mes de enero del año dos mil siete siendo las 10.30 hs., se reúne el Directorio del Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la presencia de su Presidente, el Arq. Claudio Freidin, sus Directores, Sra. Silvia María Eva Gottero y Dr. Cristian A. Fernández quienes firman al pie de la presente.

Se considera el orden del día y con sujeción al mismo su punto único que dice, tema: "Transferencia de dominio de las parcelas 1, 2 y 3 de la Manzana 159 D, Sección 78, Circunscripción I, Barrio Comandante Piedrabuena, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. (Ministerio de Salud, Ministerio de Espacio Público y Subsecretaría de Deportes)".

Luego de un breve debate, sometido a votación el proyecto respectivo, se aprueba por unanimidad.

CONSIDERANDO:

Que la Secretaría de Salud de la Ciudad de Buenos Aires, solicita un predio para construir un nuevo Centro de Salud en el Barrio Piedrabuena, acorde a las necesidades presentes dado que el actual edificio, sito en las calles Dos de Abril y Montiel, resulta insuficiente e inadecuado;

Que analizados los espacios disponibles, propiedad de este organismo, dentro del conjunto urbano y su accesibilidad, la Gerencia Técnica propone la ubicación del nuevo centro de salud dentro de la Manzana 159 D;

Que a fs. 1 del Bis 1° de la Nota N° 547-IVC/05, la Gerencia mencionada remite a esta área Plano de Mensura Particular con Fraccionamiento M-394-2005, Manzana 159 D;

Que según el estado de ocupación actual de la referida manzana, en la Parcela N° 2 y N° 3 se encuentran situadas una plaza pública y un centro deportivo, respectivamente, correspondiendo el saneamiento dominial adecuado;

Que de acuerdo al informe suministrado por la Gerencia Técnica las tierras en cuestión no son aptas para viviendas, es decir que no pueden afectarse al cumplimiento de los fines específicos de este organismo;

Que atento que las tierras en cuestión son propiedad del organismo, resulta conveniente transferir el domino de las tierras a favor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que en tal sentido, el tercer párrafo del art. 6° de la Ley N° 1.251 CABA, este Instituto de Vivienda tiene la facultad de "...transferir al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el dominio en forma onerosa o gratuita, según corresponda, de todos aquellos bienes muebles o inmuebles que resulten necesarios para el desarrollo de la función pública (educacionales, de seguridad, o de salud) con cargo a la implementación de acciones para el ejercicio de sus respectivas competencias";

Que en concordancia con lo expuesto, corresponde la transferencia del dominio de las tierras en cuestión a titulo gratuito, con cargo a los destinos específicos y en el estado de ocupación en que se encuentren las mismas;

Que el Servicio Permanente de Asesoramiento Jurídico ha tomado la intervención que le corresponde;

SE RESUELVE:

  1. ) Transferir el dominio al Gobierno de la Ciudad Autónoma- Ministerio de Salud, de la Parcela 1 - Mza. 159 D - Secc. 78 - Circunscripción 1 de la C.A.B.A., según Plano de Mensura Particular con Fraccionamiento M-394-2005, en forma gratuita y en el estado de ocupación que se encuentre, con cargo para su afectación a la construcción de un centro de salud.

  2. ) Transferir el dominio, al Gobierno de la Ciudad Autónoma-Ministerio de Espacio Público, de la Parcela 2-Mza. 159D-Secc. 78-Circunscripción I de la C.A.B.A., según Plano de Mensura Particular con Fraccionamiento M-394-2005, en forma gratuita y en el estado de ocupación que se encuentre, con cargo para su afectación a Plaza Pública.

  3. ) Transferir el dominio, al Gobierno de la Ciudad Autónoma-Subsecretaría de Deportes, de la Parcela 3-Mza. 159D-Secc. 78-Circunscripción I de la C.A.B.A., según Plano de Mensura Particular con Fraccionamiento M-394-2005, en forma gratuita y en el estado de ocupación que se encuentre, con cargo para su afectación al funcionamiento de un...

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