Comunicación \. Ref.: Circular OPASI 2 - 495. 'Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales'. Ampliación del plazo para el cierre de cuentas.

Fecha de disposición13 Julio 2016
Fecha de publicación13 Julio 2016
SecciónAvisos Oficiales

Comunicación "A" 5986/2016

Ref.: Circular OPASI 2 - 495. "Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales". Ampliación del plazo para el cierre de cuentas.

09/06/2016

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

"-Sustituir el primer y el tercer párrafo del punto 4.9. de las normas sobre "Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales" --texto según Comunicación "A" 5928"-- por lo siguiente:

"Deberá procederse al cierre de la cuenta en caso de no haber registrado movimientos --depósitos o extracciones realizados por el/los titulares-- o no registrar saldo, en ambos casos por 730 días corridos."

"El cierre de la cuenta deberá ser comunicado con anticipación a sus titulares por nota remitida por pieza postal certificada o, en su caso, mediante resumen o extracto correspondiente a este producto o a otros productos que tenga el cliente en la entidad, teniendo en cuenta para ello lo previsto en las...

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