Comunicación \. Comunicación 'A' 5887\/2016 Ref.: Circular OPRAC 1 - 801. Tasas de interés en las operaciones de crédito. Adecuaciones.

Fecha de disposición01 Marzo 2016
Fecha de publicación01 Marzo 2016
SecciónAvisos Oficiales

Comunicación "A" 5887/2016

Ref.: Circular OPRAC 1 - 801. Tasas de interés en las operaciones de crédito. Adecuaciones.

15/01/2016

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,

A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE CRÉDITO,

A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE COMPRA:

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

  1. Sustituir el título y el último párrafo del punto 4.1. de las normas sobre "Tasas de interés en las operaciones de crédito", por lo siguiente:

    "4.1. En recintos de atención al público".

    ...

    "La publicidad del costo financiero total deberá efectuarse en una tipografía en color destacado, de idéntica fuente y de tamaño al menos cinco veces mayor --conservando todas las proporciones de espesor de trazos, alto y ancho-- al que se utilice para informar el nivel de la tasa nominal anual."

  2. Sustituir el último párrafo del punto 4.2. de las normas sobre "Tasas de interés en las operaciones de crédito", por lo siguiente:

    4.2. En medios gráficos o en otros medios distintos de los previstos en el punto 4.3.

    \u2026

    "La publicidad del costo financiero total deberá efectuarse en una tipografía en color destacado, de idéntica fuente y de tamaño al menos cinco veces mayor --conservando todas las proporciones de espesor de trazos, alto y ancho-- al que se utilice para informar el nivel de la tasa nominal anual y/o la cantidad de cuotas y/o su importe."

  3. Sustituir el último párrafo del punto 4.3. de las normas sobre "Tasas de interés en las operaciones de crédito", por lo siguiente:

    4.3. Publicidad por medios radial, televisivo o telefónico.

    \u2026

    "La publicidad televisiva del costo financiero total deberá efectuarse en una tipografía en color destacado, de idéntica fuente y de tamaño al menos cinco veces mayor --conservando todas las proporciones de espesor de trazos, alto y ancho-- al que se utilice para informar el nivel de la tasa nominal anual y/o la cantidad de cuotas y/o su importe."

  4. Sustituir el punto 4.6. de las normas sobre "Tasas de interés en las operaciones de crédito", por lo siguiente:

    Las entidades financieras y las empresas no...

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