Comunicación 'c' 55024/2009

Fecha de la disposición27 de Enero de 2010

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. con relación a las disposiciones vinculadas con la participación de las entidades financieras en la verificación del cumplimiento del Censo Nacional Agropecuario 2008.

En tal sentido, les señalamos que en virtud de lo establecido en el artículo 18 del Decreto Nº 1764/07, el cumplimiento de la declaración censal del 'Censo Nacional Agropecuario', acreditado mediante la presentación del 'Certificado de Cumplimiento Censal' deberá ser exigido por las entidades financieras, como requisito previo a la conformación de cualquier trámite, a partir del 1º de noviembre del corriente y por el término de un año, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 11 del Decreto Nº 3110/70.

Adicionalmente, les recordamos que la falta de dicha documentación impedirá la prosecución del respectivo trámite.

Por último, les aclaramos que, de acuerdo con lo informado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos a esta Institución, los productores que iniciaron su actividad a partir del 1º de enero de 2008 están excluidos de la exigencia de presentar el mencionado certificado y, que en caso de duda sobre la condición o no de 'productor agropecuario', se considerará como obligado a toda persona, física o jurídica, cuyos códigos de actividad (principal o secundarias) declarada ante la AFIP sean del 011111 hasta 012290 y del 020110 hasta el 020220, en ambos casos inclusive.

Saludamos a Uds. muy atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA ENRIQUE C. MARTÍN, Subgerente de Emisión de Normas. -- DARIO C. STEFANELLI, Gerente de Emisión de Normas.

e. 27/01/2010 Nº 6946/10 v. 27/01/2010 BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA COMUNICACION 'C' 55024. 28/12/2009. Ref.: Feriados que observarán las entidades financieras durante el año 2010.

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds.para remitirles en anexo el detalle de los feriados que observarán las entidades financieras en la República Argentina durante el año 2010.

Saludamos a Uds. muy atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA MARCELO A. RETORTA, Gerente de autorizaciones a/c. -- DANIEL R. MIRA CASTETS,

Subgerente General de Cumplimiento y Control a/c.

ANEXO B.C.R.A. Anexo a la 55024

Com. 'C' FERIADOS QUE OBSERVARAN LAS ENTIDADES FINANCIERAS EN LA REPUBLICA ARGENTINA DURANTE EL AÑO 2010.

Las entidades financieras no funcionarán los días:

- Feriados Nacionales y días no laborables establecidos por las Leyes Nros.21.329, 22.655, 23.555, 24.445...

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