Comunicación 'c' 58264/2011
Emisor | Banco Central de la Republica Argentina |
Fecha de la disposición | 9 de Mayo de 2011 |
Lunes 9 de mayo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.145 22 e. 09/05/2011 N'º' 51708/11 v. 09/05/2011 BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA COMUNICACION âCâ 58.264. 04/04/2011. Ref.: Fe de erratas - Comunicación âBâ 10.055.
Información a la SEFyC sobre incrementos de la cartera irregular.
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para hacerles saber que en la Comunicación de referencia, donde dice FICCS 09/10: 2.84%, debe decir FICCS 12/10: 2.84%.
Saludamos a Uds. muy atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA OSCAR A. DEL RIO, Subgerente de Centrales de Información. â GUSTAVO BRICCHI, Gerente de Gestión de la Información.
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09/05/2011 N'º' 51715/11 v. 09/05/2011 BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA COMUNICACION âAâ 5193. 14/03/2011. Ref.: Circular LISOL 1 - 534. Fraccionamiento del riesgo crediticio. Modificaciones.
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
â- Reemplazar el punto 3.5. del Anexo II a la Comunicación âAâ 2140 (texto según el punto 6. de la Comunicación âAâ 4975) por el siguiente:
â3.5. Las financiaciones de una entidad financiera concedidas a otra entidad financiera local, en el paÃs o sus sucursales del exterior, incluyendo los saldos en cuentas de corresponsalÃa, excepto que se trate de cuentas computables para la integración del efectivo mÃnimo en moneda nacional y extranjera:
3.5.1. Básico: 25% de la RPC.
En los casos en que la entidad financiera prestamista cuente con calificación 4 ó 5 (otorgada por la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias), dicho lÃmite será aplicable sólo para otorgar financiación a una entidad que, contando con calificación, ésta sea distinta de 4 ó 5 âsegún declaración jurada que deberá presentar a la prestamistaâ. De no verificarse este último requisito, el margen de asistencia será del 0%.
3.5.2. Adicional.
Cuando la entidad financiera prestamista cuente con calificación 1, 2 ó 3 (otorgada por la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias) y la entidad financiera receptora que contando con calificación ésta sea distinta de 4 ó 5, según declaración jurada que deberá presentar a la prestamista:
- Tramo I 25%, siempre que sea imputado por la entidad financiera tomadora de la asistencia crediticia a financiaciones otorgadas que cumplan con la totalidad de las siguientes condiciones:
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al menos...
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