Comunicacion B 9160
Fecha de la disposición | 15 de Enero de 2008 |
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA ELADIO GONZALEZ BLANCO, Gerente de Liquidación y Soporte de Operaciones Externas. -JULIO C. SIRI, Gerente Principal de Control y Liquidación de Operaciones.
Con copia a las Entidades Cambiarias, Mercados de Valores, Bolsas de Comercio, Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones, Fondos Comunes de Inversión, Aseguradoras de Riesgos de Trabajo y Compañías de Seguros.
e. 15/01/2008 Nº 568.894 v. 15/01/2008 BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA COMUNICACION 'B' 9157 - 19/12/2007 - Ref.: Circular OPASI 2 - Garantía de los depósitos - Tasas de referencia.
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles los valores de las tasas de referencia aplicables a partir de la fecha que se indica:
Concepto Tasas de referencia vigentes a partir de: 20071220
Por Por depósitos depósitos en pesos en dólares y euros en porcentaje nominal anual Para depósitos en cuenta corriente 2.00
Para depósitos en caja de ahorros (1) 2.75 2.25
Para depósitos a plazo fijo De 30 a 59 días de plazo 10.75 3.00
De 60 o más días de plazo 11.75 4.00
Con cláusula 'CER' 2.50 (1) Comprende, además, cuenta corriente especial para personas jurídicas.
Toda la información disponible puede ser consultada accediendo a:
http://www.bcra.gov.ar I estadísticas e indicadores I monetarias y financieras I Tasas de interés y coeficientes de ajuste establecidos por el BCRA Archivo de datos: http://www.bcra.gov.ar/pdfs/estadistica/tasser.xls, Hoja 'Garantía' Saludamos a Uds. muy atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA SUSANA L. MONTEAGUDO, Jefe de Estadísticas Monetarias. -- RICARDO MARTINEZ, Gerente de Estadísticas Monetarias a/c.
e. 15/01/2008 Nº 568.884 v. 15/01/2008 BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA COMUNICACION 'B' 9158 - 20/12/2007 - Ref.: Sistema Nacional de Pagos. Entrega de cheques rechazados.
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS, A LAS CAMARAS ELECTRONICAS DE COMPENSACION:
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que se ha dispuesto modificar lo establecido por la Comunicación 'B' 8820, en relación con la entrega de los cheques rechazados por los motivos 'Denuncia de extravío o sustracción del cheque', 'Valores sustraídos o extraviados de chequeras no entregadas a los clientes', 'Cheque falsificado' y 'Cheque adulterado'.
Al respecto se informa que, a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el punto 7.3 de la 'Reglamentación de la cuenta corriente bancaria', la entidad girada solicitará expresamente...
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