Comunicacion B 9126

Fecha de disposición27 Noviembre 2007
Fecha de publicación27 Noviembre 2007
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31290
  1. Liquidación: Las casas y agencias de cambio que no cuenten con sistema MEP, deberán presentar una nota, con firmas certificadas por la Gerencia de Cuentas Corrientes, a la Gerencia de Operaciones con Títulos y Divisas, ordenando los movimientos en sus cuentas en pesos y/o dólares que correspondan, a efectos de proceder a la liquidación de la venta de divisas y simultáneo canje por billetes dólares. Quienes operen con sistema MEP deberán acreditar la cuenta del Banco Central Nº 900 consignando en la instrucción de pago el número de boleto.

    Los dólares billetes serán entregados hasta las 15:00, únicamente en la sede del Banco Central,

    Reconquista 266, Nº 31.290 41Martes 27 de noviembre de 2007

    Concepto Tasas de referencia vigentes a partir de: 20071114

    Por Por depósitos depósitos en pesos en dólares y euros en porcentaje nominal anual Para depósitos en cuenta corriente 2.00

    Para depósitos en caja de ahorros (1) 2.75 2.25

    Para depósitos a plazo fijo De 30 a 59 días de plazo 10.00 3.00

    De 60 o más días de plazo 11.25 4.00

    Con cláusula 'CER' 2.50 (1) Comprende, además, cuenta corriente especial para personas jurídicas.

    Toda la información disponible puede ser consultada accediendo a:

    http://www.bcra.gov.ar I estadísticas e indicadores I monetarias y financieras I Tasas de interés y coeficientes de ajuste establecidos por el BCRA.

    Archivos de datos: http://www.bcra.gov.ar/pdfs/estadistica/tasser.xls, Hoja 'Garantía'.

    Saludamos muy atentamente.

    BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA SUSANA L. MONTEAGUDO, Jefe de Estadísticas Monetarias. -- RICARDO MARTINEZ, Gerente de Estadísticas Monetarias a/c.

  2. 27/11 Nº 564.765 v. 27/11/2007 BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA COMUNICACION 'C' 49.362. 2/11/2007. Ref.: Régimen Informativo Contable para Publicación Trimestral / Anual (R.I. - P.). Fe de Erratas.

    A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

    Nos dirigimos a Uds. en relación a la Comunicación 'A' 4722 vinculada con el régimen informativo de referencia.

    Al respecto les hacemos llegar las páginas que corresponde reemplazar a las oportunamente provistas.

    Se señalan las siguientes correcciones:

    · En el Anexo 4 - 'Estado de efectivo y sus equivalentes', se ha habilitado el signo negativo en la partida 010112XXXX.

    · En Anexo 5 - 'Detalle de Títulos Públicos y Privados', se incorporaron campos obligatorios para las siguientes partidas: 01010301 XX, 01010302XX, 01010303XX, 01010309XX, 01010310XX, 01010307XX, y 01010308XX.

    Saludamos a Uds. muy atentamente.

    BANCO...

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