Comunicacion B 8879

Fecha de disposición16 Enero 2007
Fecha de publicación16 Enero 2007
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31074

Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.074 24Martes 16 de enero de 2007

coincide con el criterio sustentado por la GERENCIA DE ADMINISTRACION Y SISTEMAS en el sentido de que corresponde que sean declaradas inadmisibles --en los términos del art. 74 incisos c) y h) del Decreto Nº 436/2000-las ofertas presentadas por BAYNET SOLUTIONS S. R. L. e INNOVA CAD VISION S. R. L.' 'Ello así puesto que por BAYNET SOLUTIONS S.R.L presentó una Póliza de Seguro de Caución como Garantía de Mantenimiento de oferta, por una cifra inferior a la que corresponde, dado que su monto no alcanza a cubrir el CINCO POR CIENTO (5%) del total de la oferta (ver PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES, en su título CONSTITUCION DE GARANTIAS - CLASES DE GARANTIAS--).' Que también quedó expresado que 'A mayor abundamiento cabe resaltar que como el monto total de la oferta de BAYNET SOL UTIONS S. R. L. ascendió a la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON CINCUENTA Y TRES CENTAVOS ($ 265.457,53) la Póliza de Seguro de Caución debió ser contratada por PESOS TRECE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS CON OCHENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 13.272,87), y no por PESOS TRECE MIL DOSCIENTOS ($ 13.200) como realmente ocurrió.' Que finalmente en el dictamen legal en cuestión se indicó: 'Por otra parte la declaración de inadmisibilidad de la oferta presentada por INNOVA CAD VISION S.R.L. se funda en que esa firma presentó un Pagaré con fecha de vencimiento --es decir un documento no a la vista-contrariando lo dispuesto en el punto h) FORMAS DE GARANTIA del referido Pliego.' y que: En consecuencia corresponde que se remitan las presentes actuaciones al AREA DE SISTEMAS INFORMATICOS --dependiente de la GERENCIA DE ADMINISTRACION Y SISTEMAS- para que efectúe el análisis técnico del resto de las ofertas presentadas.' Que así las cosas, luego de haberse recepcionado las presentaciones realizadas por GREYSAND S.R.L. (fs. 747) y de BAYNET SOLUTIONS S.R.L. (fs. 748 a 755) el AREA DE SISTEMAS INFORMATICOS elaboró el MEMORANDUM ASI N 278/2006 (fs. 756 a 758) en el que efectuó el análisis técnico de las ofertas presentadas por EXO S.A.; GEMINIS COMPUTER S.A.; RAN INGENIERIA EN SISTEMAS S.R.L.; CITARELLA S.A.; G & B S.R.L y GREYSAND S.R.L. ya que cumplieron con todas las exigencias de índole formal.

Que de este informe técnico se desprende la sugerencia de que se adjudique el presente Concurso Privado, según el siguiente detalle: 1º) Renglones 1, 2, y 3 a EXO S.A. por un importe total de PESOS SESENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON SIETE CENTAVOS ($ 65.784,07); 2º) Renglones 4, 5 (ítem 1 cantidad 2) y 7 a GEMINIS COMPUTER S.A. por un monto total de PESOS VEINTISIETE MIL CINCUENTA CIENTO VEINTICUATRO ($ 27.124,00) y 3º) Renglón 10 a RAN INGENIERIA EN SISTEMAS S.R.L.; por un importe total de PESOS TREINTA Y UN MIL CINCUENTA Y SIETE CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS ($ 31.047,30).

Que del premencionado documento también surge que: a) respecto los renglones 6 y 9 no hay ofertas que considerar; b) la oferta relacionada con el renglón Nº 8 no fue considerada como conveniente desde el punto de vista económico; y c) la oferta recibida en relación al renglón Nº 11 no responde a la infraestructura tecnológica requerida por el ENARGAS.

Que también se indica que el monto total de la compra ascenderá a la suma de PESOS CIENTO VEINTITRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($ 123.965,42).

Que en concordancia con lo expuesto en el INFORME GAyS Nº 261/06 (fs. 759 a 761) y en el DICTAMEN GAL Nº 1173 (fs. 762 a 764) se puso a disposición de todos los oferentes, el Informe evaluación, por el plazo fijado en el art. 80 del Decreto Nº 436/2000 para que los mismos efectúen las impugnaciones u observaciones que estimen corresponda (NOTA...

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