Comunicación 'b' 9766/2010

Fecha de disposición17 Marzo 2010
Fecha de publicación17 Marzo 2010
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31866
ARTICULO 2º

Dase por limitada a partir del 1º de enero de 2010 la asignación del 'Suplemento de Gabinete' otorgado oportunamente al agente D. Gabriel Alberto PUJOL (DNI. Nº 13.653.884) correspondiente al Gabinete de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de esta Jurisdicción por los motivos expuestos en los considerandos de la presente Resolución.

ARTICULO 3º

Modifícase la cantidad de Unidades Retributivas asignadas oportunamente en la Planta de Gabinete de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de esta Jurisdicción, al agente planta permanente Nivel C - Grado 8 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (Decreto Nº 2098/08), D. Ricardo Alberto TORRES (DNI Nº 18.321.075), la que consistirá en una suma total adicional a su remuneración equivalente a DOSCIENTAS (200) Unidades Retributivas mensuales. La modificación propuesta comenzará a regir a partir del día primero del mes siguiente a su otorgamiento.

ARTICULO 4º

El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, será imputado con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto de esta Jurisdicción vigente para el ejercicio del año 2010.

ARTICULO 5º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese -- Dr. JUAN MANUEL ABAL MEDINA, Secretario de la Gestión Pública, Jefatura de Gabinete de Ministros.

e. 17/03/2010 Nº 25862/10 v. 17/03/2010 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Y MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Resolución Conjunta Nº 35/2010 y Nº 1218/2010

Bs. As., 10/3/2010

VISTO el Expediente Nº 97.867/2009 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, aprobado por Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991 (T.O. 1995) y modificatorios, la Resolución Conjunta Nº 86/09 de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y Nº 4517/09 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL de fecha 19 de octubre de 2009 y la Resolución de la entonces SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA Nº 79 del 9 de diciembre de 2008, y CONSIDERANDO:

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto Nº 2098/08, establece en su artículo 124 que el personal que revista bajo el régimen de carrera que sustituye será reencasillado con efecto a partir del 1º de diciembre de 2008, según las pautas del Título XIII.

Que por la Resolución Conjunta Nº 86 de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y Nº 4517/09 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL de fecha 19 de octubre de 2009 se aprobó el reencasillamiento del personal permanente de este último en el mencionado Sistema.

Que la DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION del área de origen ha remitido los Formularios de NUEVE (9) agentes suscriptos por la autoridad competente para proceder a la rectificatoria de su reencasillamiento.

Que han ejercido la veeduría que les compete las entidades sindicales signatarias del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, expresando su conformidad según consta en el Acta glosada en el Expediente citado en el Visto.

Que la propuesta de rectificatoria del reencasillamiento del personal del citado Ministerio, en base a los datos contenidos en el Formulario de Reencasillamiento del Personal Permanente firmado por la autoridad superior y el titular de la unidad organizativa establecidos en los artículos 1º y 2º de la Resolución S.G.y.G.P. Nº 79/08, cumple con las pautas establecidas en el mencionado Título XIII del Sistema Nacional de Empleo Público.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE GABINETE, ambas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 127 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto Nº 2098/08.

Por ello,

EL SECRETARIO DE LA GESTION PUBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Y LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL RESUELVEN:

ARTICULO 1º

Dase por rectificado el reencasillamiento en el Sistema...

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