Comunicación 'b' 9638/2009

Fecha de la disposición19 de Octubre de 2009

Que tal medida guardó relación con numerosas peticiones tendientes a la reapertura de concursos públicos que hubieren resultado desiertos y a la incorporación al Plan Técnico Nacional de Frecuencias para el servicio de que se trata de nuevas frecuencias, en atención a los caracteres de dinámico y flexible que aquél ostenta.

Que la sanción y promulgación de la Ley Nº 26.522, de Servicios de Comunicación Audiovisual, compromete la realización de futuras aperturas, en tanto contiene pautas jurídico-personales, técnicas y de planificación que afectan los parámetros que deben merituarse en los procesos de convocatoria a concurso público para la adjudicación de licencias de los servicios de radiodifusión.

Que, en el marco de las facultades acordadas por el Decreto Nº 909/99 y por aplicación del principio de paralelismo de las competencias, resulta del ámbito de este COMITE FEDERAL valorar las razones de oportunidad, mérito y conveniencia que justifican los llamados a concurso público para la adjudicación de las licencias del servicio de que se trata, como también, la facultad de prorrogarlos, suspenderlos o dejarlos sin efecto, más aún, cuando no se han llevado a cabo los actos de apertura de los procesos de selección que hubieren sido convocados.

Que, en tal sentido, resulta pertinente suspender las aperturas a concurso público, prevista para los días 19 al 23 de octubre de 2009, hasta tanto se constituya la autoridad de aplicación de la Ley Nº 26.522, se apruebe su reglamentación y los pliegos de bases y condiciones que regirán los procesos de selección del servicio de que se trata.

Que la Dirección General de Asuntos Legales y Normativa ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 98, inciso

a), apartado 2 e inciso b), apartado 12 de la Ley Nº 22.285 y sus modificatorias; y 2º del Decreto Nº 520, de fecha 31 de marzo de 2008.

Por ello,

EL INTERVENTOR EN EL COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION RESUELVE:

ARTICULO 1º

Suspéndase el llamado a concurso público dispuesto por Resolución Nº 1436COMFER/08, prorrogado por sus similares Nros. 208, 363 y 504-COMFER/09, para la adjudicación de licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de estaciones de radiodifusión sonora por modulación de amplitud, señaladas en su Anexo I, hasta tanto se constituya la autoridad de aplicación de la Ley Nº 26.522, se apruebe su reglamentación y los pliegos de bases y condiciones que regirán los Procesos de selección del servicio de que se trata.

ARTICULO 2º

Los adquirentes del pliego de bases y condiciones aprobado por Resolución Nº 755-COMFER/06, sus modificatorias y aclaratorias, al amparo de la convocatoria referida en el artículo precedente, podrán optar por solicitar la restitución de las sumas abonadas en concepto de adquisición de aquél, en un plazo de QUINCE (15) días de publicada la presente, a través de la formulación de la petición respectiva, en el sentido indicado.

ARTICULO 3º

Establécese que quienes no formulen la opción definida en el artículo precedente, quedarán exentos del pago del pliego que oportunamente se apruebe, una vez levantada la suspensión dispuesta por el artículo 1º de la presente.

ARTICULO 4º

Instrúyase a la Dirección General de Administración, Finanzas y Recursos Humanos para que ponga a disposición de los adquirentes del pliego de bases y condiciones aprobado por Resolución Nº 755-COMFER/06, sus modificatorias y aclaratorias, que efectúen la opción prevista en el artículo 2º, las sumas de dinero abonadas en concepto de precio de aquél.

ARTICULO 5º

Regístrese, notifíquese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, ARCHIVESE (PERMANENTE). -- Lic. JUAN GABRIEL MARIOTTO, Interventor, Comité Federal de Radiodifusión.

e. 19/10/2009 Nº 92326/09 v. 19/10/2009 MINISTERIO DEL INTERIOR DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES Disposición Nº 2108/2009

Bs. As., 8/10/2009

VISTO el EXPDNM-S02:0008550/2008 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, la Decisión Administrativa Nº 250 del 25 de junio de 2008, y CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa Nº 250/2008 se aprobó la estructura organizativa del primer y segundo nivel operativo y aperturas inferiores de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que por el artículo 4º de la Decisión Administrativa mencionada se facultó al Director Nacional de Migraciones, a aprobar en lo sucesivo...

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