Comunicación 'b' 10101/2011

EmisorBanco Central de la Republica Argentina
Fecha de la disposición 1 de Julio de 2011

Viernes 1 de julio de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.182 50

3.1.1. Se establece un plazo general de 10 (diez) dÃas hábiles para notificaciones y tramitaciones ante la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias, salvo los procedimientos especiales a que se refiere el punto 3.2.

3.1.2. Tales notificaciones deberán efectuarse mediante nota y la correspondiente documentación y/o información actualizadas, deberán ser presentadas dentro los 30 (treinta) dÃas hábiles posteriores al plazo mencionado en el punto 3.1.1.

3.2. Procedimientos especiales.

3.2.1. Cambios en la situación de la entidad representada.

3.2.1.1. Solvencia.

El representante quedará obligado a informar a la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias cuando tenga conocimiento de que la solvencia de la entidad representada se encuentre afectada.

3.2.1.2. Denominación.

La entidad del exterior que cambie de denominación deberá directamente o a través de su representante:

i) Notificar por nota la situación a la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias, con una antelación mÃnima de 15 (quince) dÃas corridos antes de su efectivización.

ii) Presentar, dentro de los 60 (sesenta) dÃas corridos de operado el cambio:

a) una manifestación extendida por la autoridad de supervisión del paÃs de origen, que certifique que autorizó el cambio de denominación de la entidad representada, b) la constancia del inicio del trámite de inscripción del cambio de denominación ante el organismo de control societario local competente, y

c) la documentación prevista en los puntos 2.2.1.2., 2.2.1.6. y 2.2.1.7., actualizada.

iii) Ingresar la constancia de la efectiva inscripción del cambio de denominación ante el organismo de control societario local competente, dentro de los 5 (cinco) dÃas hábiles de producida.

Versión: 2a. COMUNICACION “A” 5202

Vigencia:

20/05/2011

Página 1

B.C.R.A.

ORIGEN DE LAS DISPOSICIONES INCLUIDAS EN EL TEXTO ORDENADO DE LAS NORMAS SOBRE âREPRESENTANTES DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR NO AUTORIZADAS PARA OPERAR EN EL PAISâ e. 01/07/2011 N'º' 77520/11 v. 01/07/2011 BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA COMUNICACION âBâ 10.101. 31/05/2011. Ref.: Capital mÃnimo por riesgo de mercado y tasa de interés. Volatilidades. Tasa a aplicar a flujos futuros de fondos de activos y pasivos actualizables por âCERâ. Inversiones a plazo con retribución variable: tÃtulos públicos nacionales elegibles. Junio de...

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