Comunicación “B” 12027/2020

Fecha de publicación18 Junio 2020
SecciónAvisos Oficiales
EmisorBANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA


16/06/2020

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Decreto Nº 702/2020 de la provincia del Chaco.

Nos dirigimos a Uds. con relación al Decreto de la provincia del Chaco Nº 702 del 15 de junio de 2020, a efectos de informarles que las entidades financieras que operen en dicha provincia deberán adecuar sus actividades a lo establecido en el citado decreto. En particular, deberán suspender la atención al público, mantener la actividad operativa interna y la prestación de los servicios que usualmente prestan en forma remota, y garantizar la suficiente provisión de fondos en cajeros automáticos.

En ese marco, el Nuevo Banco del Chaco S.A. desempeñará las tareas indispensables como agente financiero de la provincia.

Además, conforme a lo establecido en el punto 1.1.2. de las normas sobre “Servicios financieros en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto N° 260/2020 Coronavirus (COVID-19)”, deberán continuar sujetándose a un estricto...

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