Comunicación “B” 11992/2020

Fecha de publicación04 Mayo 2020
SecciónAvisos Oficiales
EmisorBANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA


20/04/2020

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Protocolo de Salud. Recomendaciones.

Nos dirigimos a Uds. a los efectos de informar una serie de medidas mínimas de salubridad tendientes a minimizar la asistencia de personas a las casas operativas, su aglomeramiento y el respeto del distanciamiento social.

Ello en el marco del Decreto N° 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional que dispuso el Aislamiento Social Preventivo Obligatorio (ASPO) y a fin de unificar criterios, ratificando lo ya dispuesto por este Banco Central, y sin dejar de observar las medidas definidas por las respectivas autoridades locales.

En tal sentido, se recomienda:

1. Instrumentar acciones que faciliten el uso de tramites en línea, y ofrecer alternativas adicionales para el retiro de dinero y otras operaciones que pudieran realizarse en otros establecimientos determinados como esenciales: supermercados, estaciones de servicio, farmacias, etc. Estas medidas excepcionales deberán ser adecuadamente publicadas en medios de comunicación masivos.

2. Se sugiere el establecimiento de mesas de ayuda telefónica especialmente dirigidas para personas mayores de 60 años que permitan orientar adecuadamente la gestión de trámites, el otorgamiento de turnos, el acompañamiento telefónico para tramites en línea, o una guía operaciones en cajeros.

3. Establecer cronogramas de pago contemplando el número de clientes, la organización adecuada para la asistencia de adultos mayores con horarios amplios y que permitan estar en espacios guarecidos de las inclemencias del tiempo.

Se sugiere implementar días exclusivos por grupos de edad de personas, orden de atención establecido previamente y otras estrategias que permitan que los tramites personales se realicen sin acumulación de personas y con el menor tiempo de espera posible.

4. Implementar medidas tendientes a minimizar las colas fuera de institución y, en caso de ocurrir, se deberá respetar la distancia de dos metros, otorgando máxima prioridad para aquellas personas mayores de 60 años, y sobre todo si presentan alguna discapacidad.

Se sugiere implementar cronogramas para trámites específicos de adultos mayores, acordados con los organismos de previsión social de la nación, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

5. Adecuar la capacidad máxima de admisión dentro de las casas operativas, se recomienda un cincuenta por ciento de la capacidad, para cumplir con el distanciamiento social de dos metros, por lo que el número de personas dentro del espacio...

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