Comunicación “B” 11933/2020

Fecha de publicación27 Enero 2020
SecciónAvisos Oficiales
EmisorBANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA


10/01/2020

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Tasa LIBOR.

Nos dirigimos a Uds. a los efectos de informarles que a instancias de los líderes del G20 (declaración de San Peterburgo, de septiembre de 2013), el Financial Stability Board (FSB) creó un grupo, el FSB’s Official Sector Steering Group, integrado por los reguladores y los bancos centrales de un grupo de jurisdicciones, para coordinar las reformas a fin de dotar de mayor precisión y confiabilidad a las denominadas tasas de interés de referencia que son de uso difundido a nivel global. Una descripción más detallada de los desafíos y avances vinculados con esa tarea se puede obtener consultando los siguientes documentos publicados por el FSB: “Reforming Major Interest Rate Benchmarks”, de julio de 2014 y “Reforming major interest rate benchmarks. Progress report”, de diciembre de 2019.

Las tasas de interés de referencia de uso más difundido son las London InterBank Offered Rates (LIBOR). Estas tasas, que se calculan para distintos plazos y monedas (USD, EUR, GBP, JPY y CHF), son supervisadas desde abril de 2013 por la Financial Conduct Authority (FCA) del Reino Unido. El trabajo conjunto de la FCA, el ICE Benchmark Administration (IBA) y los bancos que conforman el panel de consulta ha mejorado significativamente el cálculo y la confiabilidad de las tasas publicadas. Sin embargo, en función de un acuerdo alcanzado en 2017, aquellos bancos participantes se han comprometido a seguir reportando cotizaciones sólo por dos años más. Es decir, después del 31 de diciembre de 2021...

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