COMUNICACION “A” 5523. 17/01/2014.

EmisorBanco Central de la Republica Argentina
Fecha de la disposición24 de Febrero de 2014

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

COMUNICACION “A”5523. 17/01/2014.Ref.: Circular RUNOR 1 - 1056 Circular RUNOR - 1, Capítulo XVI. Casas, agencias y oficinas de cambio. Modificaciones.

A LAS CASAS: AGENCIAS: OFICINAS Y CORREDORES DE CAMBIO:

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

“1. Incorporar en el punto 1.10.1. Otras condiciones, del Capítulo XVI de la Circular RUNOR - 1, lo siguiente:

“1.10.1.12. Cuando la entidad opte por utilizar espacios físicos de terceros para el atesoramiento de sus valores, los contratos que celebre con ese objeto deberán contener cláusulas que establezcan que el personal de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias podrá presenciar —en el momento de su requerimiento y en el marco del ejercicio de sus funciones— el arqueo de aquellos valores.”

  1. Los contratos vigentes que se hayan celebrado para utilizar espacios físicos en sitios de terceros destinados al atesoramiento de valores, deben adecuarse a lo establecido en el punto precedente a más tardar al 1.3.14.”

Asimismo, les recordamos que, a los efectos de presenciar el arqueo de valores y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8° del Decreto Nº 62/71, las entidades cambiarias deben facilitar —en el momento de su requerimiento y en forma concurrente con su personal— el acceso...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR