Comunicación “A” 7614/2022

Fecha de publicación30 Septiembre 2022
SecciónAvisos Oficiales
EmisorBANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA


27/09/2022

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Circular REMON 1-1077: Efectivo mínimo. Financiamiento al sector público no financiero. Adecuaciones.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, establece:

“1. Establecer en 630 días corridos el plazo máximo de los títulos públicos nacionales en pesos adquiridos por suscripción primaria desde el día siguiente a la difusión de esta comunicación, previstos en los puntos 1.3.7.1. y 1.3.18. de las normas sobre “Efectivo mínimo”.

2. Disponer, con vigencia a partir del 27.9.22, que la exigencia de efectivo mínimo que –conforme a lo establecido en el punto 1.3.18. de las normas sobre “Efectivo mínimo”– las entidades financieras puedan integrar con Letras de Liquidez del Banco Central de la República Argentina (LELIQ), podrán también integrarla con títulos públicos nacionales con rendimiento en moneda dual (BONO DUAL) que se encuentren depositados en la Subcuenta 60 efectivo mínimo habilitada en la Central de registro y liquidación de instrumentos de deuda pública, regulación monetaria y fideicomisos financieros (CRyL). Al efecto de la integración, los títulos públicos deberán valuarse a precios de mercado –independientemente del criterio de...

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