Comunicación “A” 7528/2022

Fecha de publicación22 Junio 2022
SecciónAvisos Oficiales
EmisorBANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA


16/06/2022

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,

A LAS CASAS DE CAMBIO:

Ref.: Circular CAMEX 1-919: Exterior y cambios. Adecuaciones.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

“1. Incorporar como punto 10.14.2.15. de las normas de “Exterior y cambios”, relativo al acceso al mercado de cambios para cursar pagos de importaciones de bienes según las categorías de las declaraciones en el Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI), el siguiente:

“10.14.2.15. la importación tenga asociada una declaración SIMI categoría B o C vigente y el cliente cuente por el monto por el cual accede con una “Certificación asociada a la financiación de la importación de bienes necesarios para la producción en el país de automotores y/o autopartes” en los términos previstos en el punto 10.14.6.

La entidad deberá contar con una declaración jurada del cliente dejando constancia de que los bienes abonados serán utilizados para la elaboración local de productos necesarios para la fabricación en el país de automotores y/o autopartes.

Asimismo, antes de dar curso al pago, la entidad deberá verificar en el sistema implementado por el BCRA, que existen certificaciones a nombre del cliente que permitan cubrir el monto por el cual se pretende acceder.”

2. Incorporar como punto 10.14.6. de las normas de “Exterior y cambios”, el siguiente:

“10.14.6. Certificación asociada a la financiación de la importación de bienes necesarios para la producción en el país de automotores y/o autopartes.

Las empresas fabricantes de automotores que produzcan automotores y/o autopartes en el país y obtengan financiamiento de importaciones de bienes compatible con los plazos requeridos en el punto 10.14.2.5. por encima de las necesidades generadas por el punto 10.14. para sus propias operaciones, podrán requerir que el BCRA emita por el monto equivalente una “Certificación asociada a la financiación de la importación de bienes necesarios para la producción en el país de automotores y/o autopartes”.

La “Certificación asociada a la financiación de la importación de bienes necesarios para la producción en el país de automotores y/o autopartes” podrá ser reasignada parcial o totalmente a uno o más de sus proveedores directos, para que pueda ser utilizada por el receptor en el marco de lo dispuesto en el punto 10.14.2.15.

El receptor de una certificación podrá a su vez reasignar la parte de ésta que no requiera utilizar a uno o más de sus propios...

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