Comunicación “A” 7328/2021

Fecha de publicación15 Julio 2021
SecciónAvisos Oficiales
EmisorBANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA


12/07/2021

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,

A LOS PROVEEDORES DE SERVICIOS DE PAGO QUE OFRECEN CUENTAS DE PAGO:

Ref.: Circular SINAP 1-135: Medidas para mitigar el fraude en operaciones con billeteras digitales.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

“1. Disponer que los proveedores de servicios de pago que ofrecen cuentas de pago (PSPOCP) podrán permitir que esas cuentas tengan más de un titular.

2. Establecer que las entidades financieras y los PSPOCP que brindan el servicio conocido como “billetera digital” o similar deberán cumplir con los siguientes recaudos:

a) Verificar la identidad de las personas que requieren la apertura de una cuenta de pago, observando a ese efecto las disposiciones para entidades financieras del punto 1.3. de las normas sobre “Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales” (excepto lo requerido en su último párrafo, en relación con la declaración jurada del cliente) y concordantes –puntos 4.1., 4.2. y 4.16.1.–.

b) Asociar a las “billeteras digitales” solo aquellos instrumentos de pago o cuentas –de pago o a la vista– cuyo titular (o alguno de los cotitulares) coincida con el titular de la “billetera digital”.

c) Arbitrar mecanismos de identificación y autenticación del usuario fuertes...

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