Comunicación “A” 6955/2020

Fecha de publicación13 Abril 2020
SecciónAvisos Oficiales
EmisorBANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA


06/04/2020

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: OPRAC 1 – 1013, LISOL 1 – 872. Adelantos transitorios al sector público no financiero. Adecuación.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

“- Sustituir los puntos 3.2.5.1. y 3.2.5.3. de las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero” por lo siguiente:

“3.2.5.1. Se otorguen por un plazo máximo de 15 días hábiles, su destino sea el pago de haberes del personal y no superen –considerando a cada ente pagador en forma individual– el importe neto total a acreditar por esa causal previsto para cada mes.”

“3.2.5.3. Se verifique que en los 12 meses anteriores a la fecha de cada desembolso, los adelantos transitorios otorgados a ese ente no hayan estado vigentes, en ningún caso, durante más de 15 días hábiles y que dichos adelantos se encuentren cancelados totalmente.”

Asimismo, les hacemos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero“. En tal...

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