Comunicación “A” 6853/2019

Fecha de publicación31 Diciembre 2019
SecciónAvisos Oficiales
EmisorBANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA


27/12/2019

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Circular RUNOR 1 - 1511 “Medidas mínimas de seguridad en entidades financieras”. Adecuaciones.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

“- Sustituir los puntos 2.12. y 3.4. de las normas sobre “Medidas mínimas de seguridad en entidades financieras” por lo siguiente:

“2.12. Promoción de servicios en dispositivos móviles e identificación de clientes con Documento Nacional de Identidad digital –DNI-d– en formato credencial virtual.

Bajo la supervisión de personas autorizadas por las entidades, se podrán utilizar dispositivos de telefonía móvil en los siguientes casos:

2.12.1. para promocionar, instalar y/o explicar a sus clientes la forma de emplear las aplicaciones de banca móvil y/o plataforma de pagos móviles que las entidades les hayan puesto a disposición; y

2.12.2. cuando el cliente posea DNI-d en su formato credencial virtual, únicamente en el momento en que se le solicite su identificación.

Ello, siempre que dichas prácticas contemplen el nivel de reserva dispuesto en el inciso a) del artículo de la Ley 26.637.”

“3.4. En materia de promoción de servicios en dispositivos móviles e identificación de clientes con Documento Nacional de Identidad digital – DNI-d– en formato credencial virtual, será de aplicación lo previsto en el punto 2.12.”

Asimismo, les hacemos...

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