Comunicación “A” 6816/2019

Fecha de publicación29 Octubre 2019
SecciónAvisos Oficiales
EmisorBANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
28/10/2019

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Circular OPRAC 1 - 988. LISOL 1 - 850. “Financiamiento al sector público no financiero”. Adelantos transitorios al sector público no financiero.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, se transcribe a continuación:

“1. Disponer que, con vigencia a partir de la fecha de difusión de esta comunicación y hasta el 15.1.20 inclusive, se considerará –adicionalmente– como concepto excluido a los fines del cómputo de los límites básicos individuales y globales establecidos en materia de fraccionamiento del riesgo crediticio –puntos 6.1.1. y 6.1.2. de las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero”, respectivamente– a las asistencias financieras con destino al pago de haberes del personal que cumplan los requisitos previstos en el punto 3.2.5. de las citadas normas y por hasta el importe equivalente al límite básico individual previsto en el punto 6.1.1.1. por el que puede financiarse a la jurisdicción de que se trate.

Los adelantos que se encuentren vigentes al 16.1.20 pasarán a estar sujetos a los límites crediticios señalados precedentemente.”

Asimismo, les señalamos que se efectuaron adecuaciones formales en el último párrafo del punto 4.1.1., en el punto 6.1.2.1. –acápite...

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