Comunicación “A” 6681/2019

Fecha de publicación26 Abril 2019
SecciónAvisos Oficiales
EmisorBANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
undefined17/04/2019

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS, A LOS OPERADORES DE CAMBIO, A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE CRÉDITO, A LOS FIDUCIARIOS DE FIDEICOMISOS FINANCIEROS COMPRENDIDOS EN LA LEY DE ENTIDADES FINANCIERAS, A LAS CAJAS DE CRÉDITO COOPERATIVAS (LEY 26.173), A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE COMPRA:

Ref.: Circular RUNOR 1 - 1455 OPASI 2 - 564. Depósitos de efectivo realizados por micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyME).

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

“1. Incorporar luego del inciso a) del acápite ii) del punto 2.3.2.2. de las normas sobre “Protección de los usuarios de servicios financieros” el siguiente inciso:

“…) Depósitos de efectivo en pesos en cuentas cuyos titulares sean personas humanas o jurídicas que revistan el carácter de micro, pequeñas o medianas empresas (MiPyME), de acuerdo con las condiciones previstas en las normas sobre “Determinación de la condición de micro, pequeña o mediana empresa”.”

2. Sustituir el segundo párrafo del punto 4.11. de las normas sobre “Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales” y el último párrafo del punto 1.5.3. de las normas sobre “Reglamentación de la cuenta corriente bancaria” y de las normas sobre “Cuentas a la vista abiertas en las cajas de crédito cooperativas” por lo siguiente:

“No podrán aplicarse comisiones a las operaciones efectuadas por ventanilla por los usuarios de servicios financieros que sean personas humanas ni a los depósitos de efectivo en pesos en cuentas cuyos titulares sean personas humanas o jurídicas que revistan el carácter de micro, pequeñas o medianas empresas...

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