Comunicación \.

Fecha de disposición05 Noviembre 2018
Fecha de publicación05 Noviembre 2018
SecciónAvisos Oficiales

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación "A" 6589/2018

19/10/2018

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Circular CREFI 2 - 112. Autorización y composición del capital de entidades financieras. Adecuaciones. Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

"- Sustituir el punto 1.1.1.2. de las normas sobre "Autorización y composición del capital de entidades financieras" por lo siguiente: "1.1.1.2. De segundo grado.

Podrán realizar todas las operaciones activas, pasivas y de servicios que la ley y la normativa establecen para los bancos de primer grado, pero sólo podrán recibir depósitos del sector financiero del país y de bancos del exterior. Además, estarán sujetos a las relaciones sobre el fraccionamiento del riesgo crediticio que especialmente disponga la reglamentación.

Cuando se trate de bancos públicos, adicionalmente podrán recibir depósitos de organismos internacionales de crédito y de inversores que realicen imposiciones conforme a las normas sobre "Depósitos e inversiones a plazo" por importes no inferiores a $ 10.000.000 (o su equivalente en otras monedas) considerados por cada operación en forma individual."

Por otra parte, les hacemos llegar en anexo las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR