Comunicación \.

Fecha de disposición31 Mayo 2018
Fecha de publicación31 Mayo 2018
SecciónAvisos Oficiales

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación "A" 6518/2018

24/05/2018

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Circular RUNOR 1 \u2013 1403. Disposiciones judiciales originadas en juicios entablados por la AFIP. Actualización del texto ordenado.

Nos dirigimos a Uds. con referencia a las disposiciones judiciales originadas en juicios entablados por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) mediante las cuales se solicita información o se ordena la traba o levantamientos de embargos generales de fondos y valores u otras medidas cautelares, o la transferencia de los fondos embargados.

Al respecto, les hacemos saber que con motivo de las modificaciones introducidas por la Ley 27.430 al artículo 92 de la Ley N° 11.683, el contribuyente con fondos embargados en un juicio de ejecución fiscal, puede ofrecer los mismos para la cancelación total o parcial de la deuda ejecutada. En este caso, la ley fiscal autoriza que dichos fondos sean transferidos a las cuentas recaudadoras de la AFIP, con los recaudos y mediante el procedimiento que se establezca.

De igual forma, en los casos en que el contribuyente opte por la dación en pago de los fondos embargados, el oficio de levantamiento de embargo será suscripto por el abogado representante del fisco.

Por otra parte, la AFIP ha celebrado convenio con la Dirección General de Rentas de la Provincia de Corrientes, a través del cual se autoriza el uso vía Web del Sistema de Oficios Judiciales (SOJ). Dicho Organismo habilitará una mesa de ayuda para los oficios de su pertenencia.

Además, se adecua el Texto ordenado en lo...

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