Comunicación \.

Fecha de disposición06 Abril 2018
Fecha de publicación06 Abril 2018
SecciónAvisos Oficiales

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación "A" 6474/2018

23/03/2018

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS, A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE CRÉDITO, A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE COMPRA:

Ref.: Circular OPRAC 1 \u2013 938. "Tasas de interés en las operaciones de crédito". Exposición del costo financiero total en los documentos.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

"- Sustituir, con vigencia a partir del 2.05.18, el punto 3.2.4. y el último párrafo del punto 3.2. de las normas sobre "Tasas de interés en las operaciones de crédito" por lo siguiente:

3.2.4. Costo financiero total (CFT), a cuyo efecto se considerará lo establecido en el punto 3.4.

Para el cálculo del CFT se tomarán en cuenta la tasa de interés, las comisiones y los cargos vigentes al momento de la contratación, indicando expresamente si esos conceptos podrán modificarse de conformidad con los parámetros y criterios preestablecidos en el contrato.

"Cuando se trate de operaciones con sujetos comprendidos dentro de la definición de usuarios de servicios financieros, además:

i) El CFT deberá identificarse de manera legible, en idéntica fuente y con un tamaño al menos cinco veces mayor...

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