Comunicación \.

Fecha de disposición03 Mayo 2017
Fecha de publicación03 Mayo 2017
SecciónAvisos Oficiales

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación "A" 6210/2017

29/03/2017

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Circular RUNOR 1 \u2013 1277. LISOL 1 \u2013 729. "Lineamientos para la gestión de riesgos en las entidades financieras". Adecuaciones.

Nos dirigimos a Uds. para hacerles llegar en anexo las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en el texto ordenado de las normas sobre "Lineamientos para la gestión de riesgos en las entidades financieras", a los fines de su actualización atento a lo dispuesto por la resolución dada a conocer a través de las Comunicación "A" 6107.

Por último, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a "Sistemas Financiero y de Pagos - MARCO LEGAL Y NORMATIVO - Ordenamientos y resúmenes -Textos ordenados de normativa general", se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Matías A. Gutiérrez Girault, Gerente de Emisión de Normas. -- Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas.

ANEXO

B.C.R.A. LINEAMIENTOS PARA LA GESTIÓN DE RIESGOS EN LAS ENTIDADES FINANCIERAS
Sección 3. Gestión del riesgo de liquidez.

3.1. Conceptos.

3.1.1. Riesgo de liquidez.

Se define a la liquidez como la capacidad de las entidades financieras de fondear los incrementos de los activos y cumplir con sus obligaciones a medida que éstas se hacen exigibles, sin incurrir en pérdidas significativas.

A los efectos de estas disposiciones, se entiende por riesgo de liquidez principalmente al riesgo de liquidez de fondeo, definido como aquel en que la entidad financiera no pueda cumplir de manera eficiente con los flujos de fondos esperados e inesperados, corrientes y futuros y con las garantías sin afectar para ello sus operaciones diarias o su condición financiera.

Asimismo, se entiende por riesgo de liquidez de mercado al riesgo de que una entidad no pueda compensar o deshacer una posición a precio de mercado debido a:

i) que los activos que la componen no cuentan con suficiente mercado secundario; o

ii) alteraciones en el mercado.

Además, se entiende como liquidez intradiaria a los fondos a los que la entidad financiera tiene acceso durante el día hábil, generalmente con el fin de hacer frente a los pagos en tiempo real.

En ese marco, el riesgo de liquidez intradiaria se refiere al riesgo de que una entidad financiera no gestione eficazmente su liquidez intradiaria, restringiendo su capacidad para satisfacer una obligación de pago en el momento esperado, afectando su posición de liquidez y la de sus contrapartes.

3.1.2. Gestión del riesgo de liquidez.

Se entiende por gestión del riesgo de liquidez al proceso de identificación, evaluación, seguimiento, control y mitigación de ese riesgo que involucra, entre otros, los siguientes procesos:

3.1.2.1. la administración de los flujos de fondos --ingresos y egresos-- para las diversas bandas temporales;

3.1.2.2. el estudio periódico de la estructura de depósitos;

3.1.2.3. la medición y seguimiento de los requerimientos netos de fondos bajo diversos escenarios --incluyendo "escenarios de estrés"--;

3.1.2.4. el seguimiento de índices de liquidez;

3.1.2.5. la administración del acceso a los mercados; y

3.1.2.6. la planificación para las contingencias.

Versión: 3a. COMUNICACIÓN "A" 6210 Vigencia: 01/12/2016 Página 1

3.1.3. Marco de gestión del riesgo de liquidez.

El marco para la gestión del riesgo de liquidez incluye las políticas, prácticas, procedimientos y estructura organizativa con las que deben contar las entidades financieras para una adecuada gestión de ese riesgo, debiendo ser proporcional a la dimensión e importancia económica de las entidades financieras y a la naturaleza y complejidad de sus operaciones e incluir una estrategia de liquidez \u2013concepto que comprende el enfoque general de la entidad sobre este riesgo\u2013 que contemple objetivos cuantitativos y cualitativos.

3.1.3.1. Estrategia.

La estrategia debe:

i) establecer las pautas generales para gestionar el riesgo de liquidez;

ii) contemplar el objetivo de proteger la solvencia financiera de la entidad y su capacidad para afrontar situaciones de estrés en el mercado;

iii) considerar las necesidades de liquidez en situaciones normales así como las incidencias que pueden tener los períodos de estrés --de naturaleza específica de la entidad, a nivel de mercado, o una combinación de ambos--;

iv) incluir políticas específicas para la gestión del citado riesgo, tales como:

- la composición y vencimiento de los activos y pasivos;

- la diversidad y estabilidad de las fuentes de fondeo;

- el enfoque para gestionar la liquidez en diferentes monedas, entre jurisdicciones, líneas de negocios y subsidiarias;

- el enfoque utilizado para la gestión intradiaria de la liquidez; y

- los supuestos utilizados respecto de la capacidad para realizar los activos.

Para la formulación de la estrategia, las entidades deben tener en cuenta su estructura corporativa --por ejemplo, si cuentan con subsidiarias o sucursales en el extranjero--, las líneas de negocio clave, la diversidad de los mercados y productos con los que operan y, en caso de corresponder, los requerimientos de los reguladores de sus subsidiarias y sucursales en el exterior.

3.1.3.2. Estructura organizacional.

La estructura organizacional debe contar con las características necesarias para que la estrategia de liquidez pueda ser efectivamente implementada y contemplar la asignación de la responsabilidad de gestionar el riesgo global de liquidez a una unidad o persona específica de la entidad financiera.

Versión: 3a. COMUNICACIÓN "A" 6210 Vigencia: 30/3/2017 Página 2

Esa unidad, en función de la dimensión e importancia económica de la entidad, la magnitud, complejidad y naturaleza de sus operaciones, podrá adoptar la forma de un comité para la administración de los activos y pasivos o un comité de riesgos, en los que deben participar miembros de la Alta Gerencia y el Directorio.

3.2. Responsabilidades.

3.2.1. Directorio.

El Directorio es el responsable de que la entidad cuente con un marco adecuado --eficaz, viable y consistente-- para la gestión del riesgo de liquidez, del riesgo de liquidez asumido por la entidad y de la forma en que se gestiona.

Ese marco debe asegurar el mantenimiento de suficiente liquidez --incluyendo un respaldo de activos líquidos de alta calidad y no afectados en garantía de ninguna operación--, a los efectos de permitir que la entidad afronte un rango de eventos de estrés incluyendo aquellos eventos que impliquen la pérdida de las fuentes de fondeo tradicionales.

Al respecto, el Directorio debe:

3.2.1.1. aprobar la estrategia, las políticas y las prácticas de liquidez significativas, revisándolas periódicamente --al menos anualmente-- y cada vez que a su juicio se produzcan hechos o situaciones relevantes vinculados con este riesgo;

3.2.1.2. aprobar el nivel de tolerancia al riesgo de la entidad, definido como el nivel de riesgo máximo que está dispuesta a asumir, el cual debe ser apropiado para su estrategia de negocios e importancia en el sistema financiero y reflejar su condición financiera y capacidad de fondeo;

3.2.1.3. asegurar que la Alta Gerencia comunique la tolerancia al riesgo y la estrategia de liquidez a través de guías claras y operativas y gestione el riesgo de manera efectiva;

3.2.1.4. aprobar la estructura organizativa para una adecuada gestión del riesgo de liquidez;

3.2.1.5. garantizar que la entidad cuente con personal técnicamente calificado, así como también con los recursos necesarios para la gestión del riesgo de liquidez;

3.2.1.6. asegurar que la entidad cuente con procesos y sistemas para identificar, evaluar, seguir, controlar y mitigar las fuentes de riesgo de liquidez;

3.2.1.7. entender en las interacciones existentes entre el riesgo de liquidez de fondeo y el riesgo de liquidez de mercado, así como la incidencia de los restantes riesgos --incluyendo el riesgo de crédito, de tasa de interés, de mercado, operacional y de reputación-- en la estrategia global de liquidez de la entidad;

3.2.1.8. recibir regularmente reportes para tomar conocimiento de la posición de liquidez de la entidad;

Versión: 3a. COMUNICACIÓN "A" 6210 Vigencia: 30/3/2017 Página 3

3.2.1.9. recibir información inmediata en caso de que surjan inconvenientes en materia de liquidez, incluyendo aspectos tales como aumento en los costos de fondeo, concentraciones, incrementos en los descalces de flujos de fondos, escasez de fuentes alternativas de liquidez, fallas significativas y persistentes en el cumplimiento de los límites, reducciones importantes en el respaldo de activos líquidos o cambios en las condiciones externas del mercado que puedan señalar dificultades a futuro;

3.2.1.10. asegurar que la Alta Gerencia tome las acciones correctivas apropiadas para afrontar los aspectos previstos en el punto 3.2.1.9., para lo cual es primordial que reciba información sobre las pruebas de estrés que se realicen y los planes de contingencia establecidos; y

3.2.1.11. aprobar las excepciones a las...

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