Comunicacion a 4827

Fecha de la disposición12 de Agosto de 2008

SOLICITANTE: UNIVERSITY OF ARKANSAS DIVISION OF AGRICULTURE (USA) REPRESENTANTE LEGALMENTE AUTORIZADO: GERGAL S.A.

INGENIERO AGRONOMO PATROCINANTE: Ing. Agr. Cristina BRUTTI FUNDAMENTACION DE NOVEDAD:

OUACHITA es una variedad que se distingue de Navaho por ser más productiva. Es más temprana, fructifica siete días antes que Navaho.

El porte de la planta es erecta y no posee espinas. El color de la rama latente es naranja grisáceo en la base y verde amarillenta en la parte media; la hoja es pubescente en la cara abaxial.

El fruto es largo de longitud y su anchura es medio; y es firme. La forma general del fruto en la vista lateral es cónica ancha.

La época de comienzo de la floración en la rama del año anterior es entre temprana y media.

(Observaciones efectuadas por el solicitante en la localidad de Clarksville, Arkansas; USA).

FECHA DE VERIFICACION DE LA ESTABILIDAD: 1997

Se recibirán las impugnaciones que se presenten dentro de los TREINTA (30) días de aparecido este aviso.

AUTORIZADA SU PUBLICACION.

Ing. Agr. MARCELO DANIEL LABARTA, Director de Registro de Variedades, Instituto Nacional de Semillas (INASE).

e. 12/08/2008 Nº 82.939 v. 12/08/2008 BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA COMUNICACION 'A' 4826. 10/07/2008. Ref.: Circular RUNOR 1 - 859. Régimen Informativo Contable Mensual - Títulos Valores.

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. con relación a la Comunicación 'A' 4825 Circular LISOL 1-487 'Activos del Sector Público. Posición para 'trading'. Modificaciones.' vinculada con el régimen informativo de la referencia.

Al respecto, les hacemos llegar en anexo las hojas que corresponde reemplazar en la Sección 33 de 'Presentación de Informaciones al Banco Central', cuyas principales novedades y aclaraciones son las siguientes:

· Ajustes en la redacción de la instrucción contenida en el punto 33.2.3.3. y de la leyenda de error 39, a fin de contemplar la modificación en el límite del margen de trading admitido, el cual no podrá superar al 25% de la responsabilidad patrimonial computable del último día del mes anterior al que corresponda.

Asimismo, se recuerda que las presentes modificaciones serán de aplicación obligatoria a partir de las informaciones correspondientes a junio 2008.

Saludamos a Uds. muy atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA GUSTAVO BRICCHI, Gerente de Gestión de la Información. -- GUILLERMO R. CORZO, Subgerente General de Regulación y Régimen Informativo.

ANEXO: 2 HOJAS.

El/Los Anexo/s no se...

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