Comunicacion a 4799

Fecha de disposición04 Junio 2008
Fecha de publicación04 Junio 2008
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31419

ACTA Nº 994

Expediente ENRE Nº 17.517/05

Bs. As., 22/5/2008

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Rechazar parcialmente el Recurso de Reconsideración presentado por la Distribuidora 'EDELAP S.A.' contra la Resolución ENRE Nº 918/2005, de conformidad con lo expuesto en los considerandos de la presente reformulándose el Artículo 7º de acuerdo con el siguiente texto: 'ARTICULO 7.- Aplicar a 'EDELAP S.A.', conforme lo dispuesto en los numerales 6.3 y 6.7 del Subanexo 4 del Contrato de Concesión, una multa en pesos equivalente a VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS UN KILOVATIOS HORA (29.801 kWh), calculada como se detalla en el Anexo II que forma parte de la presente Resolución. El monto de dicha sanción deberá determinarse de acuerdo con la instrucción impartida mediante Nota ENRE Nº 20.046, por el incumplimiento a lo dispuesto en el artículo 5º de la Resolución ENRE Nº 2/98, en las Tablas 11, 13, 14, 16, 19 y observaciones del anexo a la mencionada Resolución, en los puntos 4.1, 4.4 y 5.5.3.1 del Subanexo 4 del Contrato de Concesión y en el artículo 25 incisos a), x) e y) del citado Contrato.' 2.- Sustituir el Anexo II de la Resolución ENRE Nº 918/2005 por el Anexo I de la presente Resolución. 3.- Desestimar la suspensión de los efectos de la Resolución ENRE Nº 918/2005 solicitada por la Distribuidora 'EDELAP S.A.' 4.- Notifíquese a 'EDELAP S.A.' Firmado: JORGE DANIEL BELENDA - Vocal Tercero - MARCELO BALDOMIR KIENER - Vocal Primero - LUIS BARLETTA - Vicepresidente - MARIO H. DE CASAS - Presidente.

e. 04/06/2008 Nº 579.524 v. 04/06/2008 ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD Resolución Nº 100/2008

ACTA Nº 994

Expediente ENRE Nº 18.675/05

Bs. As., 22/5/2008

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Rechazar parcialmente el Recurso de Reconsideración presentado por la Distribuidora 'EDELAP S.A.' contra la Resolución ENRE Nº 160/2006, de conformidad con lo expuesto en los considerandos de la presente reformulándose el Artículo 3 de acuerdo con el siguiente texto: 'ARTICULO 3º.- 'EDELAP S.A.' deberá acreditar a cada uno de losTRES (3) usuarios afectados, identificadores Nº 3146590-1, 30790891 y 3180192-5, una multa en pesos equivalente a UN MIL KILOVATIOS HORA (1000 kWh) en su calidad de usuarios residenciales, debiéndose calcular dicha multa de conformidad con la instrucción impartida mediante Nota ENRE Nº 20.046, por incumplimiento al plazo para Resolución de los Reclamos formulados por los usuarios.' 2.- Desestimar la suspensión de los efectos de la Resolución ENRE Nº 160/2006 solicitada por la Distribuidora 'EDELAP S.A.' 3.- Notifíquese a 'EDELAP S.A.'. Firmado:

JORGE DANIEL BELENDA - Vocal Tercero - MARCELO BALDOMIR KIENER - Vocal Primero - LUIS BARLETTA - Vicepresidente - MARIO H. DE CASAS - Presidente.

e. 04/06/2008 Nº 579.522 v. 04/06/2008 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Resolución Nº 104/2008

Bs. As., 31/3/2008

VISTO el Expediente Nº 176/2008 y sus agregados del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Decisiones Administrativas Nº 477 del 16 de septiembre de 1998, Nº 1 del 12 de enero de 2000, y CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente citado en el VISTO tramita la asignación del Suplemento Extraordinario, a diversos agentes pertenecientes a las distintas unidades de esta Jurisdicción.

Que por la Decisión Administrativa Nº 477/98, se estableció la integración de los Gabinetes de las Unidades Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros, Secretarios y Subsecretarios, los que estarán integrados con el equivalente a la cantidad de Unidades Retributivas que se detallan en la planilla anexa al artículo 8º de la Decisión Administrativa Nº 1/2000, sustitutiva de la planilla similar anexa al artículo 1º de la medida citada en primer término en el Visto.

Que por el artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 477/98 se estableció que el excedente de Unidades Retributivas asignadas y no utilizadas al fijar la retribución de los Asesores de Gabinete, podrá ser empleado a fin de designar personal, otorgándosele Unidades Retributivas o acordar, de la misma forma, el 'Suplemento de Gabinete' o el 'Suplemento Extraordinario'.

Que, según surge de lo actuado y a fin de compensar la iniciativa y méritos en el desempeño de las funciones asignadas al personal nominado en la...

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