Comunicacion a 4711

Fecha de publicación18 Octubre 2007
Fecha de disposición18 Octubre 2007
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31262

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigirnos a Uds. para comunicarles las modificaciones introducidas en el Plan y Manual de Cuentas y en los regímenes informativos 'Exigencia e Integración de Capitales Mínimos', 'Posición Global Neta de Moneda Extranjera' y 'Contable para Publicación Trimestral/Anual', como consecuencia de las disposiciones difundidas a través de la Comunicación 'A' 4686.

Al respecto, se han incorporado en el Plan y Manual de Cuentas las siguientes partidas:

° Bienes intangibles - Diferencias por dolarización de depósitos judiciales - Deducibles para la determinación de la Responsabilidad Patrimonial Computable - Valor de origen;

° Bienes intangibles - Diferencias por dolarización de depósitos judiciales - Deducibles para la determinación de la Responsabilidad Patrimonial Computable - (Amortización Acumulada);

°Previsiones - Diferencias por dolarización de depósitos judiciales - Comunicación 'A' 4686.

Asimismo, se aclara que aquellas entidades que opten por no activar total o parcialmente los quebrantos, deberán constituir la Previsión con contrapartida en 'Ingresos Financieros - Por operaciones en oro y moneda extranjera - Diferencia de cotización de oro y moneda extranjera'.

Por otra parte, en relación con el Régimen Informativo sobre Exigencia e Integración de Capitales Mínimos, se efectuaron las siguientes modificaciones:

°La exigencia de capital mínimo por riesgo de mercado sobre los depósitos judiciales 'pesificados' y la previsión constituida para registrar su dolarización (según pto. 1 de la Comunicación 'A' 4686) se registrará en el código 305000/xx.

°Se incorporaron los siguientes códigos en la Sección 6. Responsabilidad Patrimonial Computable:

n Código 22300000 'Capitalización de Pasivos' como concepto deducible de la RPC hasta tanto se le haya notificado la aprobación de los aportes y en la medida en que éstos hayan sido contabilizados (por Comunicación 'A' 4652).

n Código 22400000 Activación por dolarización de depósitos judiciales ('Cd').

Respecto del Régimen Informativo Contable Mensual Posición Global Neta de Moneda Extranjera, se aclara que se incluirán en el código 20100 los depósitos judiciales 'pesificados' y la previsión constituida para registrar su dolarización (según pto. 1 de la Comunicación 'A' 4686). Además, se recuerda que el importe resultante de la activación de quebrantos originados en la constitución de la previsión mencionada no debe computarse por ser concepto deducible de la RPC.

Por último, en referencia con el Régimen Informativo Contable para Publicación Trimestral/ Anual, se realizaron las siguientes adecuaciones:

° Notas a los estados contables: se deberá aclarar en la Nota '22 - Otras' el criterio empleado respecto del tratamiento dispuesto por la...

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