Comunicacion a 4626
Fecha de disposición | 09 Marzo 2007 |
Fecha de publicación | 09 Marzo 2007 |
Materia | Financiero |
Sección | Primera Sección - Legislación y Avisos Oficiales |
Número de Gaceta | 31112 |
Por ello,
LA MINISTRA DE ECONOMIA Y PRODUCCION RESUELVE:
Recházase el recurso de apelación interpuesto por la firma BAY PLASTARGENTINA S.R.L. contra la Resolución Nº 3 de fecha 1º de agosto de 2000 del Departamento Regímenes Promocionales dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA.
Hágase saber a la interesada que la resolución del presente recurso agota la vía administrativa quedando expedita la acción judicial, la que podrá deducirse dentro de los NOVENTA (90) días hábiles judiciales computados a partir de la notificación de la presente resolución.
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FELISA MICELI, Ministra de Economía y Producción.
e. 9/3 N° 539.602 v. 9/3/2007 MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS SECRETARIA DE TRANSPORTE SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES Disposición Nº 23/2007
Bs. As., 23/2/2007
VISTO el Expediente Nº 216-001319/2001 del Registro del ex-MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, y CONSIDERANDO:
Que en el expediente citado en el Visto, la firma OSCAR ARMANDO CABROL, solicitó la habilitación como puerto privado de uso exclusivo y con destino industrial, en los términos de la Ley Nº 24.093 de las instalaciones portuarias que dicha firma posee sobre el Riacho ALCARAZ, a la altura del KILOMETRO SEISCIENTOS NOVENTAY CINCO (Km. 695) del Río PARANA, margen izquierda, Localidad de PIEDRAS BLANCAS, Departamento LA PAZ, Provincia de ENTRE RIOS.
Que la Ley Nº 24.093 de Actividades Portuarias y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 769 de fecha 19 de abril de 1993, establecen las pautas a que deben ajustarse, en todos los casos, la habilitación por parte del PODER EJECUTIVO NACIONAL de todos los puertos comerciales o industriales que involucren al comercio internacional o interprovincial.
Que la firma OSCAR ARMANDO CABROL solicitó el archivo o reserva de las presentes actuaciones en la DIRECCION NACIONAL DE PUERTOS atento a que el muelle de la mencionada firma no opera por falta de dragado.
Que de la documentación acompañada en el expediente del Visto, se infiere que el puerto de la firma OSCAR ARMANDO CABROL no registra operaciones portuarias.
Que en virtud de lo expresado corresponde dictar el acto administrativo por el que se desestime el pedido de habilitación...
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