COMUNICACION “A” 5324. 13/07/2012.

Fecha de disposición10 Octubre 2012
Fecha de publicación10 Octubre 2012
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds, para comunicarles que, como consecuencia de la emisión de la Comunicación “A” 5312, para los meses de junio y julio/12 no se deberán informar las partidas 451000/M, 451200/M y 452000/M cuando M corresponda a monedas extranjeras (Sección 4. Disposiciones transitorias) del Régimen Informativo de Efectivo Mínimo.

Por otra parte, se reincorporan las partidas referidas al efectivo en las casas de la entidad, en custodia en otras entidades financieras y en tránsito y en empresas transportadoras de caudales, reclasificándolas en “Otras informaciones” - Códigos 8XXXXX - en la Sección 1. de dicho régimen (al solo efecto de cubrir necesidades internas de información con fines estadísticos).

Las modificaciones mencionadas tendrán vigencia a partir de las informaciones a junio/12 (presentación en julio).

Además, se efectúan adecuaciones en la correlación con cuentas del Balance de Saldos y en la Sección 2. Metodología de cálculo del aporte al Fondo de Garantía de los Depósitos.

Al respecto, les hacemos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las Normas de Procedimiento del citado Régimen.

En cuanto a las instrucciones operativas, se aclara que el incumplimiento de la restricción establecida en el primer párrafo dará origen al código de error 005 “Partida inexistente”...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR