Comunicación 'a' 5160/2010
Emisor | Banco Central de la Republica Argentina |
Fecha de la disposición | 28 de Enero de 2011 |
Viernes 28 de enero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.080 35 % 35 % BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA COMUNICACION âAâ 5160. 20/12/2010. Ref.: Circular SINAP 1 - 22. Sistema Nacional de Pagos. Reservorio de Imágenes.
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,
A LAS CAMARAS ELECTRONICAS DE COMPENSACION:
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que, dada la implementación de la Compensación Federal Uniforme y que la totalidad de los cheques y otros documentos compensables presentados para su cobro quedan en poder de las entidades depositarias, se ha dispuesto implementar un proceso de almacenamiento de imágenes de dichos documentos.
Dicho proceso se denominará âReservorio de Imágenesâ y la función del mismo será permitir la consulta de la totalidad de las imágenes de los documentos compensados, con el fin de que las entidades financieras puedan contar con esas imágenes en el transcurso de las tareas posteriores resultantes de la operatoria de compensación, minimizando los tiempos operativos sobre el particular.
Este procedimiento será operado y administrado por las Cámaras Electrónicas de Compensación (CEC), pudiendo implementarse tantos reservorios como Cámaras Electrónicas se encuentren autorizadas por este BCRA, los que deberán estar interconectados entre sÃ. Las responsabilidades de las CEC que devienen de la administración de las imágenes (v.g. resguardo, protección, recepción, almacenamiento, etc), se encuentran encuadradas en las comunicaciones emitidas al respecto por esta Institución y que definen la actividad de esas cámaras.
Asimismo, será obligatorio para todas las entidades financieras participantes del sistema, el envÃo de la totalidad de las imágenes de los documentos compensables presentados para su cobro por las entidades depositarias. La recepción y almacenamiento de esas imágenes por parte de los reservorios no implicará costo alguno para las mismas.
La consulta de las imágenes almacenadas en los citados reservorios será de carácter opcional, por lo tanto, continuarán en plena vigencia los actuales circuitos de intercambio de imágenes de documentos compensados, rechazados y de reclamos, hasta tanto las CEC (administradoras de los reservorios) implementen la generación automática de archivos de imágenes de rechazos y reclamos, momento en el cual se discontinuarán las sesiones de rechazados y de reclamos.
Las entidades financieras sólo podrán consultar las imágenes de...
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