Comunicación 'a' 5.105/2010
Emisor | Banco Central de la Republica Argentina |
Fecha de la disposición | 10 de Septiembre de 2010 |
Viernes 10 de setiembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.984 59 â1. Incorporar en el CapÃtulo I, de la Circular CREFI - 2 (Comunicación âAâ 2241), la siguiente Sección:
âSección 7. Separación de funciones ejecutivas y de dirección.
La separación de funciones ejecutivas y de dirección deberá realizarse en función del grupo en el que resulte encuadrada la entidad financiera conforme a la clasificación prevista en el punto 7.1. y en orden a lo establecido en el punto 7.2.
7.1. Clasificación de las entidades.
7.1.1. Grupo A: integrado por aquellas entidades en las cuales el importe de sus depósitos es mayor o igual al 1% del total de los depósitos del sistema financiero. A efectos del cómputo se considerará el promedio de los últimos tres meses disponibles, conforme el régimen informativo vigente, anteriores a la fecha en la cual se realiza la medición.
Este indicador se considerará en forma individual, excepto para las entidades financieras controlantes sujetas a supervisión consolidada, en cuyo caso se computará sobre base consolidada mensual.
7.1.2. Grupo B: lo conforman aquellas entidades cuyos depósitos no superen el importe establecido para el Grupo A (punto 7.1.1.) y que, asimismo, no pertenezcan al Grupo C (punto 7.1.3.). Para las entidades comprendidas dentro de este grupo, la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias proporcionará al Comité de Evaluación de Idoneidad y Experiencia la información vinculada con los aspectos que se detallan a continuación, los cuales serán evaluados por dicho Comité al momento de considerar cada candidato propuesto por la entidad financiera.
7.1.2.1. CaracterÃsticas de la entidad financiera:
a) Importancia de las actividades de la entidad, medida conforme al indicador previsto en punto 7.1.1.
b) Calidad de la administración y de los controles internos de la entidad financiera según la valoración otorgada en oportunidad de la última inspección efectuada que cuente con calificación CAMELBIG, a través de los componentes que la conforman.
7.1.2.2. Antecedentes de la persona y del cargo, en función de la información que remita en la Fórmula de Antecedentes Personales. Aun en los casos en que la autoridad designada hubiera desempeñado cargos directivos o ejecutivos en la propia entidad, en otras entidades del sistema o en empresas que conformen grupo económico con la entidad financiera que efectúa la presentación, el Banco...
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