Comunicación 3021/1999

Fecha de disposición02 Diciembre 1999
Fecha de publicación02 Diciembre 1999
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta29285

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

COMUNICACION “A” 3021 (19/11/99). Ref.: Circular LISOL 1-273. Régimen de tenencias de títulos valores en cuentas de inversión. Texto ordenado.

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. para remitirles el texto ordenado a la fecha de las normas dictadas por esta Institución que son de aplicación sobre el tema de la referencia.

Asimismo, se acompaña un cuadro indicativo del origen de las disposiciones incluidas en dicho ordenamiento.

ANEXOS

B.C.R.A. TEXTO ORDENADO DEL REGIMEN DE TENENCIAS DE TITULOS VALORES EN CUENTAS DE INVERSION

-INDICE-

Sección 1 Títulos valores afectables.
Sección 2 Procedimiento para la afectación de títulos.
Sección 3 Valuación.
Sección 4 Operaciones de canje de deuda.
Sección 5 Tratamiento de las diferencias de valuación.
Sección 6 Bases de observancia de las normas.

6.1. Base individual.

6.2. Base consolidada.

TENENCIAS DE TITULOS VALORES EN CUENTAS DE INVERSION

B.C.R.A.

Sección 1 Títulos valores afectables.

Títulos valores públicos nacionales y privados de deuda del país susceptibles de observar exigencia de capital por riesgo de mercado.

TENENCIAS DE TITULOS VALORES EN CUENTAS DE INVERSION

B.C.R.A.

Sección 2 Procedimiento para la afectación de títulos.

La decisión de mantener tenencias en cuentas de inversión deberá ser adoptada con la intervención del máximo responsable designado por la entidad en relación con la observancia de las normas sobre exigencia de capital mínimo por riesgo de mercado y comunicada mediante nota a la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias y al auditor externo dentro de los 2 días hábiles siguientes a aquel en que haya sido adoptada por la entidad.

TENENCIAS DE TITULOS VALORES EN CUENTAS DE INVERSION

B.C.R.A.

Sección 3 Valuación

Las tenencias en cuentas de inversión se registrarán contablemente por su valor de costo -...

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