Comunicación 2758/1998
Fecha de disposición | 11 Septiembre 1998 |
Fecha de publicación | 11 Septiembre 1998 |
Sección | Primera Sección - Legislación y Avisos Oficiales |
Número de Gaceta | 28978 |
COMUNICACION "A" 2758 del 27/8/98 BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACION "A" 2758. 27/8/98. Ref: Circular CAMCO 1-112. Sistema Nacional de Pagos Acuerdo sobre truncamiento de cheques.
B.O: 11/9/98
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
De acuerdo con lo establecido por la Comunicación "A" N° 2700, las Entidades Financieras que intervengan en el Sistema de Compensación Electrónica deberán suscribir convenios que regulen los deberes a asumir relacionados con el truncamiento de cheques que se operará a partir del 30.10.98 en dicho sistema, según Comunicación "A" 2745.
A tal efecto, la Comisión Legal de la Comisión Interbancaria de Medios de Pago de la República Argentina (CIMPRA) acordó el texto, que se acompaña, de un convenio sobre truncamiento de cheques y sus instrucciones técnicas y operativas.
Dicho acuerdo se encuentra a disposición de las entidades financieras para su suscripción hasta el 14.9.98 en el sector de Cuentas Corrientes de esta Institución, 5to. piso del Edificio Perón 455. La referida suscripción se realizará por medio de representante legal o apoderado con poder suficiente acreditado en el acto.
Las entidades que no suscriban este convenio único no podrán intervenir en forma directa en la compensación electrónica de valores que es la base del Sistema Nacional de Pagos.
Anexo
En la ciudad de Buenos Aires, a los..................días del mes de.........................................de 1998,...............................................................representada en este acto por ..............................................DNI..................constituye domicilio en .........................., y acredita su condición de...........................con........................adhiere al contenido del siguiente ACUERDO SOBRE TRUNCAMIENTO DE CHEQUES y sus INSTRUCCIONES TECNICAS Y OPERATIVAS, suscribiendo en prueba de conformidad cada una de las hojas que los integran.
(firmas)
Acuerdo sobre Truncamiento de Cheques y sus Instrucciones Técnicas y Operativas
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Conceptos Generales
1.1 Objetivo
La finalidad del presente es regular el intercambio y la compensación bancaria de cheques, mediante el sistema de truncamiento de acuerdo con lo definido como tal por la COM. "A" 2559 y "A" 2700 del BCRA. Cada vez que en el presente contrato se haga referencia a las normas se entenderá que la mención corresponde a las normas legales, reglamentarias y demás aplicables.
1.2 Instrucciones Técnicas y Operativas
El presente se complementa con las denominadas "Instrucciones Técnicas y Operativas" que son parte integrante del mismo. Estas "Instrucciones" son tratadas separadamente, a los efectos de posibilitar un procedimiento de modificación de aspectos técnicos y operativos más simple y expeditivo que la modificación del presente.
1.3 Documentos comprendidos
Quedan comprendidos dentro del ámbito del presente, los cheques que reúnan las condiciones previstas en las referidas normas a efectos de quedar sujetos a truncamiento.
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Entidades Participantes
Los efectos del presente se extienden y obligan a las Entidades Financieras que se adhieren o se integren al sistema de truncamiento.
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Requisitos formales y legales para el intercambio por truncamiento
Los documentos deberán reunir los requisitos formales y legales establecidos por la legislación vigente y por las disposiciones del Banco Central de la...
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