Comunicación 'a' 5080/2010

Fecha de disposición17 Junio 2010
Fecha de publicación17 Junio 2010
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31926
ARTICULO 2º

La licencia otorgada abarcará un período de QUINCE (15) años contados a partir del inicio de las transmisiones, la que podrá ser prorrogada por única vez y a solicitud del licenciatario por DIEZ (10) años, conforme los términos del artículo 41 de la Ley Nº 22.285 y 9 del Decreto Nº 310/98, modificado por su similar Nº 883/01.

ARTICULO 3º

Otórgase un plazo de CIENTO VEINTE (120) días corridos contados a partir de la publicación de la presente, para que el licenciatario envíe la documentación técnica exigida en el Título V del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares que como Anexo III integra la Resolución SG Nº 672/06.

ARTICULO 4º

El monto de la garantía de cumplimiento de contrato a que hace referencia el artículo 16.1 del Pliego de Bases y Condiciones, asciende a la suma de PESOS TRECE MIL TREINTA Y DOS ($13.032), debiendo el depósito constituirse en alguna de las modalidades prescriptas en el referido artículo, dentro de los TREINTA (30) días corridos de publicada la presente.

ARTICULO 5º

Establécese que dentro de los TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos de publicada la presente, la estación deberá estar instalada acorde con el proyecto aprobado e iniciar sus emisiones regulares, previa autorización, de conformidad con lo previsto por artículo 16, inciso 16.6 del referido Pliego de Bases y Condiciones en las condiciones y bajo el apercibimiento establecido en el inciso 16.7.

ARTICULO 6º

El adjudicatario deberá cumplir con el pago el Gravamen a la Radiodifusión, desde la fecha de su presentación a la Normalización, dentro de los CIENTO VEINTE (120) días de adjudicada la licencia, de así corresponder.

ARTICULO 7º

Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido ARCHIVESE (PERMANENTE). -- Lic. JUAN GABRIEL MARIOTTO,

Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

e. 17/06/2010 Nº 65710/10 v. 17/06/2010 BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA COMUNICACION 'B' 9829. 17/05/2010. Ref.: Circular OPRAC 1-561 - Tasas de interés en las operaciones de crédito. Límites a las tasas de interés por financiaciones vinculadas a tarjetas de crédito.

A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE CREDITO:

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles el valor de la tasa de interés del sistema financiero para operaciones de préstamos personales sin garantía real que se menciona en el punto 2.1.2. de la sección 2 de las normas sobre 'Tasas de interés en las operaciones de crédito':

Mes Tasa de interés por préstamos personales, sin garantía real, de moneda nacional en porcentaje nominal anual 2010

Marzo 31.16

Toda la información disponible puede ser consultada accediendo a:

http://www.bcra.gov.ar | estadísticas e indicadores | monetarias y financieras | Tasas de interés y coeficientes de ajuste establecidos por el BCRA.

Archivo de datos: http://www.bcra.gov.ar/pdfs/estadistica/tasser.xls, Hoja 'Tarjetas'.

Saludamos a Uds. muy atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA SUSANA L. MONTEAGUDO, Analista Principal de Estadísticas Monetarias. -- RICARDO MARTÍNEZ, Gerente de Estadísticas Monetarias.

e. 17/06/2010 Nº 65770/10 v. 17/06/2010 BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA COMUNICACION 'B' 9839. 02/06/2010. Ref.: Instrumentos de Regulación Monetaria del Banco Central de la República Argentina. Licitación de Letras y Notas Internas del Banco Central de la República Argentina en Pesos y en Pesos cupón variable. Ampliación.

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. y por su intermedio a los sectores interesados a fin de comunicarles que con relación a lo dispuesto en la Comunicación B 9836, se ha resuelto ampliar los importes a ser ofrecidos en Letras Internas del BCRA en pesos a 98 días hasta la suma de $VN 112.898.000.-;

en Letras Internas del BCRA en pesos a 140 días hasta la suma de $VN 638.268.000.-; en Letras Internas del BCRA en pesos a 190 días hasta la suma de $VN 675.219.000.-; en Letras Internas del BCRA en pesos a 266 días hasta la suma de $VN 367.237.000.-; en Letras Internas del BCRA en pesos a 399 días hasta la suma de $VN 150.000.000.-; y en Letras Internas del BCRA en pesos a 518 días hasta la suma de $VN 200.000.000.

Saludamos a Uds. muy atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA...

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