Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL, 8 de Marzo de 2017, expediente FRO 006932/2014/CA002

Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL

1 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B Civil/Int. Rosario, 8 de marzo de 2017.

Visto, en Acuerdo de la Sala “B” el expediente nº FRO 6932/2014 de entrada, caratulado “Comuna de Carreras c/ Ferrocarriles Argentinos y/o Estado Nacional s/ Ejecución Fiscal - Varios” (originario del Juzgado Federal Nº 1 de Rosario), del que resulta que:

Vienen los autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la Administración de Infraestructura Ferroviaria (fs. 124 y vta.), contra la resolución de fecha 25/07/2016 que rechazó

la impugnación formulada de la planilla a la que se le prestó judicial aprobación, con costas a la demandada (fs. 123 y vta.).

Concedido el recurso y ordenado el traslado de sus fundamentos (fs. 125), fue contestado por la actora (fs. 126). Elevadas las actuaciones y radicadas en esta Sala “B”, se dispuso el pase al Acuerdo, encontrándose la causa en estado de ser resuelta (fs. 130/131).

Y Considerando:

  1. ) Se agravia el recurrente de la resolución dictada en el sentido de que confirma una planilla practicada por la actora sin expresar cual es el criterio adoptado para la actualización de la deuda.

    Señala que en oportunidad de promoverse demanda, sea en el escrito y en el certificado de deuda, no se especifica la tasa de interés que resulta aplicable al capital reclamado y mucho menos la norma fundante de la pretensión.

    Agrega que al dictarse sentencia se estableció que se debían pagar “sus intereses y costas del juicio”, sin hacer referencia a tasa alguna y que asimismo, al practicarse planilla se menciona la Ordenanza Tributaria vigente sin indicar número y artículo en cuestión, concluyendo que resulta excesiva e irrazonable.

  2. ) Mediante sentencia del 05/02/2015 se resolvió rechazar las excepciones de inhabilidad de título y de falta de legitimación pasiva opuestas por la demandada y demás defensas intentadas y en consecuencia mandar llevar adelante la presente ejecución fiscal contra Ferrocarriles Argentinos y/o Estado Fecha de firma: 08/03/2017 Firmado por: J.G.T., Juez de Cámara Firmado por: EDGARDO BELLO, Juez de Cámara Firmado por: E.V., Juez de Cámara #19676242#173350862#20170308111807273 Nacional y/o actual propietario de los inmuebles descriptos, hasta que la Comuna de Carreras perciba el íntegro pago del capital, sus intereses y costas del juicio que se imponen a la demandada vencida, debiendo al efecto practicarse planilla (fs. 64/66 vta.).

    Dicho...

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